viernes, 15 de marzo de 2013

«España criminal» (II): el notorio crimen de Archidona

Este asesinato ocupa un lugar excepcional en la crónica negra española porque, por primera vez, se utilizó un paquete-bomba para matar a una persona
y porque nuestra Justicia decimonónica logró detener al criminal gracias al buen hacer del magistrado Eusebio Martín Ruiz que no dudó en recurrir a la práctica de pruebas caligráficas, ruedas de reconocimiento y careos entre el acusado y los testigos sin verse influenciado por las noticias que publicaba la prensa de la época, elucubrando con disparatados rumores sobre las verdaderas causas de aquella tragedia que conmocionó al pueblo de Archidona (Málaga) el mediodía del 30 de diciembre de 1886, cuando un artefacto explotó en la consulta del joven médico de la localidad, Manuel Palomero Moreno, y acabó con su vida y la de su esposa, Dolores González Sánchez de la Fuente.

En un principio, los periódicos –como ha reseñado Chelu García– acusaron al propio doctor de que él mismo había provocado la detonación que les causó la muerte al arrojarle un cartucho de dinamita a su esposa por culpa de una discusión conyugal; posteriormente, se habló de un posible suicidio, describiendo al médico como un perturbado y detallando los conflictos que tuvo con sus vecinos; pero, al final, la instrucción del caso determinó que la causa del asesinato fue un crimen pasional cometido por el registrador de la propiedad del pueblo, Ricardo Peris Mercier, que había sido novio de Dolores. Tras romper su relación, él se casó por poderes con María de los Ángeles Bellmont Mora, en 1885, pero continuó tratándose con su antigua novia, se escribían cartas y sabía –como todo el pueblo– que su matrimonio con el Dr. Palomero no era feliz.

Con absoluta premeditación, en dos ocasiones, Peris pagó a unos mozos de la estación de trenes para que se desplazasen a otras localidades andaluzas y enviasen los paquetes bomba por ferrocarril: uno desde Granada, que no llegó a detonar, y un segundo artefacto esta vez con remite de Sevilla. Los testigos reconocieron al registrador y un perito certificó que la escritura del presunto asesino se correspondía con la letra que del destinatario que figuraba en las direcciones en los paquetes. Con estas pruebas, en mayo de 1887, un tribunal de Antequera lo juzgó, condenándole a muerte.


Sin embargo, la Gaceta de Madrid (antecedente histórico del actual BOE) del sábado 31 de marzo de 1888 publicó un Real Decreto del Ministerio de Gracia y Justicia conmutando aquella pena de muerte impuesta á Ricardo Peris y Mercier por la inmediata de cadena perpetua: visto el testimonio de la sentencia dictada por la Sala segunda del Tribunal Supremo declarando no haber lugar al recurso de casación admitido de derecho contra la que pronunció la Audiencia de Antequera [Málaga], en la cual se condena á D. Ricardo Peris y Mercier á la pena de muerte por el delito de doble asesinato: Considerando que los Reyes de España han solemnizado siempre el día de hoy, en que la Iglesia conmemora el Augusto Misterio de la Redención del género humano con el perdón de algunos reos condenados á la última pena, piadosa costumbre que es muy grato á mi corazón continuar observando: Teniendo presente lo dispuesto en la ley provisional de 18 de junio de 1870, que reguló el ejercicio de la gracia de indulto (…) En nombre de mi Augusto Hijo el REY D. Alfonso XIII, y como REINA Regente del Reino [María Cristina], vengo a conmutar la pena de muerte impuesta á D. Ricardo Peris y Mercier por la inmediata de cadena perpetua.

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