Durante el reinado de Guillermo III de Inglaterra, se aprobó la Act for determining Differences by Arbitration, de 1697, que suele considerarse la primera ley del mundo que reguló el arbitraje como método para resolver controversias entre particulares; pero, realmente, esta pionera normativa solo vino a positivizar, en el ordenamiento jurídico inglés, lo que ya era una práctica habitual entre los comerciantes de aquella época: acudir a un árbitro neutral para tratar de solucionar sus conflictos [de hecho, el arbitraje de William Rugge en el caso de Robert Vynior contra William Wilde, al que reclamaba el abono de 20 libras, es uno de los precedentes históricos más antiguos que se ha podido documentar; este asunto, que en inglés se conoce como Vynior´s Case, ocurrió el sexto año del reinado de Jacobo I, en el verano de 1609]. El breve articulado de aquella Ley previó que, si el arbitration no se resolvía de acuerdo con el principio de equidad o, peor aún, si el árbitro se dejaba corromper por alguno de los contendientes para inclinar la decisión a su favor, el laudo que dictase no surtiría ningún efecto y las partes tendrían libertad para acudir a la jurisdicción ordinaria en busca de la tutela judicial efectiva.
Con aquella experiencia, no es de extrañar que los colonos ingleses que emigraron a la Coste Este norteamericana llevasen consigo estos métodos alternativos de justicia al Nuevo Mundo [como tuvimos ocasión de comentar al hablar del sistema de mediación implantado en Dedham el 15 de agosto de 1636]. Por ese motivo, fue en América donde surgió la primera institución mundial dedicada específicamente al arbitraje, la Court of Arbitration de la New York Chamber of Commerce and Industry –es decir, la Sala de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Nueva York– que treinta empresarios neoyorquinos fundaron en 1768 para poner fin a las disputas comerciales mediante un mecanismo que se basaba no tanto en la regulación legal sino en los usos mercantiles.
Esto ocurrió cuando las colonias inglesas de Norteamérica ni siquiera habían proclamado todavía su independencia (el 4 de julio de 1776), lo que demuestra la importancia que se le otorga en Estados Unidos a los métodos alternativos de resolución de conflictos (a los que allí se conoce por el acrónimo de ADR: Alternative Dispute Resolutions) desde su nacimiento como nación.
El primer marco regulador estadounidense tuvo que esperar hasta principios del siglo XX con la aprobación de la New York Arbitration Act, de 1920 que, cinco años más tarde, dio lugar a la United States Arbitration Act, de 1925, normativa que ya tuvo carácter federal.
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