jueves, 17 de julio de 2014

El artículo que establece el tamaño de las piedras para lapidar

En 2013 –según Amnistía Internacional– 140 naciones ya habían abolido la pena de muerte en su legislación o en la práctica; aun así, durante ese mismo periodo, al menos 778 personas fueron ejecutadas en 22 países, destacando el aumento que se produjo en Irán donde las ejecuciones reconocidas oficialmente ascendieron al menos a 369 en 2013. Pero fuentes fidedignas informaron de al menos 335 ejecuciones más, por lo que la cifra total fue de al menos 704 en 2013 (…) Pese a que el ahorcamiento es el método más común en Irán, desde la Revolución Islámica de 1979, Amnistía Internacional ha documentado al menos 77 lapidaciones, aunque la cifra puede ser mayor, pues no se tienen datos desde 1979 a 1984. Lamentablemente, a estas alturas del siglo XXI, el ordenamiento jurídico de algunos países todavía contempla la pena capital para castigar determinados comportamientos; como sucede en el Código Penal iraní: su Art. 83 establece la muerte por lapidación para quienes sean condenados por haber cometido ziná [una relación sexual moral y jurídicamente ilícita (GÓMEZ GARCÍA, L. Diccionario de islam e islamismo. Madrid: Espasa, 2009, p. 373)].

El Código Penal de Irán, de 2012, regula pormenorizadamente todo el procedimiento a seguir en estas ejecuciones: si una persona es condenada por varios delitos que conlleven las penas de azotes y lapidación, primero recibirá los latigazos antes de morir lapidada (Art. 98); si el condenado a muerte confesó su delito, la primera piedra deberá arrojársela el juez que aplicó la charía [ley islámica] excepto si la ziná se demostró gracias al testimonio de testigos, entonces, serán ellos quienes tiren la primera piedra (Art. 99); en el momento de la lapidación, las mujeres aún tienen menos probabilidades de salvarse que los hombres porque ellos son introducidos en un hoyo hasta la cintura mientras que a las mujeres se las entierra hasta el pecho (Art. 102); y si, durante la lapidación, el condenado consiguiera zafarse, salir del agujero y sobrevivir a la lluvia de piedras, se salvaría si hubiera confesado porque, en caso de que el juez lo hubiese condenado gracias a los testigos, tendría que volver a introducirse en el hoyo para ser apedreado hasta la muerte.

En la legislación penal iraní, probablemente el precepto más terrible es el que detalla el tamaño que deben tener esos trozos de roca. La redacción del Art. 104 establece que Las piedras no deben ser tan grandes como para matar a la persona de uno o dos golpes, ni tan pequeñas que no puedan calificarse como piedras [en inglés: The stones shall not be so big so as to kill the person by one or two strikes, neither shall it be so small that it cannot be called a stone].

Paradójicamente, este es el mismo país que presume del polémico Cilindro de Ciro como origen de los Derechos Humanos.

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