En la disposición adicional 17ª de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, se establece que: 1. Los Clubes del Principado de Andorra afiliados a Federaciones españolas que participan en competiciones oficiales de España, en lo que se refiere a su constitución y funcionamiento, se regirán por las disposiciones propias en la materia del Principado de Andorra, quedando excluidos de las obligaciones determinadas por la presente Ley. 2. La vinculación y participación en las competiciones oficiales españolas de los Clubes a que se refiere el apartado anterior vendrán establecidas únicamente por la afiliación de los mismos en las Federaciones españolas correspondientes. Como resultado práctico, por ejemplo, el Bàsquet Club Andorra [MoraBanc Andorra] compite en la Liga Endesa ACB de la Federación Española de Baloncesto.
Es una situación análoga a la de otros pequeños Estados europeos, como sucede con los equipos de Liechtenstein, que juegan en las competiciones suizas, o el Mónaco, que participa en la Ligue 1 gala, en el marco jurídico de las conventions particulières avec la France que prevé el Art. 1 de la Constitución monegasca de 1962; sin embargo, es probable que la situación más singular de todo el Viejo Continente sea la del Estado de Israel que, tratándose de un país asiático, participa –por cuestiones políticas– en todas las competiciones europeas, como se establece –en el caso del fútbol– en los Anexos I de los Reglamentos de la UEFA para la Europa League o la Champions.
Como nota curiosa, el único equipo español que compite en una liga extranjera –en este caso, por meras razones prácticas de vecindad– es la Union Esportiva Bossòst; un club de fútbol de esta localidad de la comarca leridana del Valle de Arán [en aranés, Val d´Aran] que viene participando, desde hace casi un siglo, en torneos regionales franceses como la Copa de Midi .
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