Hace unos meses tuvimos ocasión de comentar que el término “genocidio” lo acuñó el jurista polaco Raphael Lemkin en una fecha relativamente reciente, en 1944. Cincuenta años más tarde, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 955, de 8 de noviembre de 1994, por la que se creó el Tribunal Penal Internacional para Ruanda [TPIR (o ICTR, por sus siglas en inglés: International Criminal Tribunal for Rwanda)] en Kigali, con el fin de enjuiciar a los responsables del genocidio y las violaciones del Derecho Internacional Humanitario que se cometieron en este país africano entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de aquel año; y ese fue el órgano judicial que dictó la primera sentencia condenatoria por este delito. Ocurrió el 2 de septiembre de 1998, en el caso de la Fiscalía contra Jean-Paul Akayesu, nº ICTR-96-4-T, cuando -por unanimidad- los magistrados le encontraron culpable de genocidio [Guilty of Genocide] y responsable penal de otra serie de delitos contra la humanidad por asesinato, tortura y violación, de acuerdo con el Art. 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra.
El acusado era un ciudadano ruandés nacido en Murehe, en 1953; casado con una mujer de su propia aldea, en 1978, y padre de cinco niños que había estado trabajando como profesor e inspector escolar en la cercana ciudad de Taba hasta que fue elegido alcalde [bourgmestre] de esta localidad en 1993. Entre sus principales funciones debía mantener el orden público, dirigir la actuación de la policía local y la gendarmería nacional y ejecutar la aplicación de las leyes y las resoluciones dictadas por la Justicia. Una amplia labor pública –habitual en Ruanda, donde los alcaldes son, de hecho, la mayor autoridad de cada comunidad– que le granjeó el respeto de sus vecinos por su alta moralidad, inteligencia e integridad.
Pero cuando se produjo el exterminio de los tutsi, a partir del 18 de abril de 1994, Akayesu no solo no impidió el asesinato de 2.000 de sus convecinos, desde aquella fecha hasta junio de ese año, sino que, vestido de militar y con un rifle, presenció otras ejecuciones en dependencias municipales; incitó a los habitantes a combatir al enemigo, leyéndoles un listado con los nombres señalados por el grupo paramilitar de los Interahamwe y, según el testimonio de numerosos testigos, él mismo ordenó matar a un grupo de detenidos con machetes y hachas. Cuando la situación política dio un giro radical, huyó al Zaire [R. D. del Congo] y de allí a Zambia, donde fue detenido en 1996. Tras el juicio, fue condenado a cadena perpetua que, en la actualidad, cumple en la prisión de Bamako (Malí).
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