viernes, 11 de noviembre de 2016

El decreto que permitió a las mujeres actuar en los teatros

En la cultura occidental, el teatro nació en la Antigua Grecia, comenzó su lento declive durante el Imperio Romano –más aficionado al pan y circo en espectáculos dominados por la lucha de gladiadores– y desapareció por completo de la escena europea tras las invasiones bárbaras y el inicial recelo del cristianismo. Las representaciones teatrales no volvieron a renacer hasta la Edad Media; por un lado, en el seno de la Iglesia, cuando esta manifestación artística logró conciliarse con la moral cristiana y empezaron a representarse escenas devotas de la Pasión, pasajes sagrados o la vida de los santos; y, por otro, en el ámbito académico, con actuaciones de los alumnos que cursaban sus estudios en los primeros centros universitarios. En ambos casos –tanto en la Iglesia como en las Universidades– las mujeres no pudieron desempeñar ningún papel, ni siquiera en los personajes femeninos que también eran interpretados por hombres; de modo que, por ejemplo, en plena Edad de Oro de los dramaturgos isabelinos, las mujeres aún tenían prohibido actuar en los teatros ingleses y, en el siglo XVII, las grandes protagonistas de William Shakespeare –su Ofelia, en Hamlet; Desdémona, en Otelo; o la eterna Julieta– fueron representadas por varones disfrazados. A partir de entonces, en Europa, la incorporación de las mujeres a la segunda de las Bellas Artes fue lenta y paulatina, pero inexorable, conforme el teatro se fue popularizando más allá de las representaciones sacramentales y se generalizaron los corrales de comedias.


En el caso español, se ha documentado que las primeras actrices subieron a los escenarios en la década de 1570 pero la Junta de Reformación, que velaba por el decoro y la moral de aquella época, puso fin a su participación al emitir un edicto, el 6 de junio de 1586, en el que ordenó á todas las personas que tienen compañias de representaziones no traigan en ellas para representar ningun personaje muger ninguna, so pena de zinco años de destierro del reyno y de cada 100.000 maravedis para la Camara de Su Majestad [1].

Esta prohibición apenas duró un año: el 17 de noviembre de 1587, los hermanos Drusiano y Tristano Martinelli, que dirigían la compañía italiana de I Confidenti [Los confidentes] solicitaron una licencia al Consejo de Castilla –la máxima autoridad española de aquel tiempo, si exceptuamos al rey– con el fin de obtener la licencia para representar en el corral del Príncipe de Madrid con las actrices que llevaban en su agrupación, es decir, Angela Salomona, Angela Martinelli y Silvia Roncagli, apodada la Francesquina. En dicha petición los hermanos Martinelli justificaban la necesidad de que las actrices de su agrupación representasen argumentando que las comedias que traen para representar no se podran acer sin que las mugeres que en su compañía traen las representen y porque demas de que en tener esta licencia no se recibe daño de nadie, ante[s] mucho avmento en la limosna en los pobres [2].

Ese mismo día, el Consejo emitió el decreto que autorizó la presencia femenina en aquella obra; y, como era de esperar, el ejemplo de la compañía italiana sirvió para que otros autores españoles enseguida aprovechasen la ocasión para reivindicar el mismo derecho para las actrices que llevaban en su propia agrupación y para lo cual ellos mismos, como los italianos, necesitaban idénticas licencias del Consejo de Castilla [2]. Sus argumentos fueron incuestionables: si un hombre se disfrazaba de mujer, su comportamiento podía alentar al resto de los actores a cometer un pecado nefando (como se denominaba entonces a mantener relaciones homosexuales); y si las actrices actuaban junto a sus esposos se evitaba el riesgo de que ellos se vieran tentados y cayeran en brazos de otras mujeres durante el tiempo que estuvieran de gira, lo que fomentaba la institución del matrimonio. Ante el peso de tales razonamientos, se les concedieron los permisos.

Posteriormente, hubo otras dos nuevas prohibiciones en 1596 y 1598, por la inconveniencia que ocasionaba la presencia de mujeres sobre los escenarios, pero las disposiciones que fue dictando el Consejo castellano en la primera mitad del siglo XVII autorizaron la participación de las actrices siempre que representaran papeles femeninos y estuviesen casadas.

Citas: [1] MIDESA [2] DE SALVO, M. La mujer en la práctica escénica de los siglos de oro: la búsqueda de un espacio profesional. Tesis doctoral europea defendida en la Universidad de Valencia en 2006.

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