miércoles, 28 de agosto de 2019

Decálogo sobre el Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC)

La primera pregunta parece obvia: ¿qué es el Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC)? El Ministerio del Interior español lo define como la base de datos que aglutina los datos estadísticos de criminalidad proporcionados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Contiene toda la información estadística de criminalidad y es del mismo de donde se extraen los datos que conforman los informes estadísticos que se publican. La unidad básica es la operación estadística, definida como el conjunto de actividades que llevan a la obtención de resultados estadísticos de criminalidad, a partir de datos recogidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

¿Cuándo se creó? La Orden INT/2783/2009, de 29 de septiembre, modificó la anterior Orden 3764/2004, de 11 de noviembre –para adecuar los ficheros informáticos del Ministerio del Interior que contienen datos de carácter personal a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal– y creó nuevos ficheros gestionados por dicho Ministerio. El primero de esos nuevos ficheros fue el Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC).

¿Cuál es su fin? En virtud del Anexo I de dicha Orden –modificado por la Orden INT/3310/2009, de 1 de diciembre– la finalidad del SEC es: Tener un conocimiento más profundo de los factores que inciden en la seguridad ciudadana, derivado del caudal de información que genera la actividad delictiva e infractora, así como estructurar, de acuerdo con criterios rigurosos y técnicos, la obtención, explotación y difusión de datos estadísticos relacionados con las infracciones penales y contra las leyes de seguridad ciudadana.

¿Con qué uso? Para fines estadísticos, con objeto de articular en cada momento las políticas de seguridad más adecuadas y establecer los planes de acción preventivos que en cada ámbito territorial correspondan. ¿De qué personas o colectivos se pretende obtener esos datos? De denunciantes y víctimas de infracciones contempladas en las leyes penales y de protección de la seguridad ciudadana, así como las personas sobre las que, presuntamente, pudiera recaer alguna responsabilidad por las indicadas infracciones.

¿Cuál es el procedimiento de recogida de esos datos? Los datos procederán de las diligencias instruidas con ocasión de actuaciones policiales, reseñas de detenidos, denuncias recibidas a través de las propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y diferentes Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales con las que se establezcan acuerdos de colaboración.


¿Qué datos personales se recogen? Datos de carácter identificativo (por ejemplo, el DNI o el pasaporte); datos de características personales (fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, lugar de residencia y estado civil); datos relativos a la comisión de infracciones penales contra las leyes de Seguridad Ciudadana (implicación y consumo de drogas y/o alcohol por parte de los responsables de la comisión de infracciones penales); datos académicos y profesionales (titulación académica y situación ocupacional o laboral); y datos de circunstancias sociales (respecto a los ciudadanos que no posean la nacionalidad española, su situación administrativa en España, medio utilizado para su entrada en territorio nacional y motivo de su estancia en España).

¿Se pueden ceder estos datos a terceros? A los solos efectos de tratamiento y elaboración de las informaciones estadísticas relacionadas con los hechos ilícitos registrados en el Sistema Estadístico de Criminalidad, se cederá a los respectivos servicios estadísticos de las Policías Autonómicas, con competencia integral en materia de seguridad, un número identificador –bien sea el DNI, NIE, Pasaporte u otro documento identificativo correspondiente a la víctima, el denunciante o el autor de los hechos objeto del referido registro.

¿Ante qué órgano administrativo responsable del fichero se pueden ejercitar los derechos ARCO? En la Secretaría de Estado de Seguridad, el Gabinete de Estudios de Seguridad Interior (Paseo de la Castellana, nº 64, 28071 Madrid).

Y, por último, ¿dónde se pueden consultar estos datos estadísticos? En el portal Estadísticas de Criminalidad del Ministerio del Interior; un espacio que pretende satisfacer de forma ágil, rápida y dinámica, la creciente demanda de información estadística relacionada con la actividad desarrollada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad.

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