lunes, 10 de junio de 2019

La Regla Directiva del Rocío de 1758

Una de las consecuencias colaterales del terremoto que asoló Lisboa en 1755 fue la destrucción de la Ermita del Rocío que, desde el 29 de junio de 1653, ya había sido proclamada Patrona de Almonte (Huelva). Su reconstrucción era competencia del Concejo de la Villa pero, como pasaban los años y el ayuntamiento almonteño no concluía las obras al ritmo que se esperaba, la Hermandad de los cofrades que cuidaban del templo y de las ceremonias litúrgicas en honor a la Virgen, decidió acudir al Arzobispado de Sevilla y logró que el 7 de agosto de 1758, su vicario general, José de Aguilar y Cueto, aprobase la primera Regla Directiva y constituciones de los empleos que tendrán los fieles que se uniesen en fraternal amor a la hermandad de Nuestra Madre y Señora del Rocío.
 
Aquella primera reglamentación rociera, para su mejor régimen y gobierno, estaba formada por ocho capítulos dedicados a la observancia de los Diez Mandamientos, los empleos de esta Hermandad, la entrada por hermanos de esta venerable Hermandad, sus obligaciones, el modo de tomar las cuentas, las hermandades de otros pueblos (Moguer, Sanlúcar de Barrameda, Puerto de Santa María, etc.), la fiesta en honor a San José y las hospederías.
 
Como recuerda el historiador Julio Mayor Rodríguez en el nº 4 de la Revista Exvoto: A nuestros días ha llegado la tradición de cuándo, dónde y cómo fue encontrada [se refiere a “la milagrosa imagen de María Santísima del Rocío”] gracias a la impresión que se realizó de las Reglas de su hermandad, el año 1758, en la que aparece narrada con anterioridad al desarrollo de los capítulos reglamentarios. El relato del descubrimiento, que fue contándose de generación en generación desde tiempo inmemorial, quedó plasmado por escrito y encontró en el documento impreso un conducto de difusión, a través del que pudo llegar a un gran número de devotos del propio pueblo de Almonte, e incluso de fuera del mismo, pues cada una de las hermandades filiales existentes, en aquellos años del siglo XVIII, tenía la obligación de gobernarse por el documento editado (*).
 
 
Con el transcurrir de los siglos, aquellas primeras Reglas de 1758 se reformaron tan solo en 1852, antes de adoptarse el Reglamento de la Hermandad Matriz, de 1918 [acorde con el reciente Código de Derecho Canónico que se aprobó en 1917 (en vigor hasta que fue sustituido por el nuevo a iniciativa del papa Juan Pablo II, en 1983)], compuesto por siete capítulos y treinta y un artículos.
 
Hoy en día, la Pontificia Real e Ilustre Hermandad Matriz de Ntra. Sra. del Rocío de Almonte es una asociación de fieles, con personalidad jurídica pública, constituida en la Villa de Almonte, al amparo de lo establecido en el Código de Derecho Canónico, ordenada a la promoción del culto público a la Santísima Virgen María en su advocación del Rocío, a la proclamación de sus glorias, a la imitación de sus virtudes, a la edificación de la Iglesia, de la que Ella es Madre y Maestra, y a la Evangelización de su Hijo Jesucristo a los hombres, instaurando su Reino en la Tierra (según dispone su Regla 1).

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