miércoles, 20 de mayo de 2020

Organizaciones internacionales (XXI): La Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego (CIP)

En el BOE del lunes 17 de febrero de 2020 se publicó el Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles y Reglamento con Anejos I y II, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXIV Sesión Plenaria, celebrada los días 8 de noviembre de 2017 (Decisiones XXXIV-17 a XXXIV-19), 16 de mayo de 2018 (Decisiones XXXIV-22 a XXXIV-25) y 17 y 18 de octubre de 2018 (Decisiones XXXIV-26 a XXXIV-42). Una simple búsqueda en la web del Boletín nos permite encontrar treinta y cuatro acuerdos similares suscritos por España desde los años 80. Su origen se remonta al Instrumento de Ratificación del Convenio para el reconocimiento recíproco de los Punzones de pruebas de armas de fuego portátiles, Reglamento de la Comisión Internacional Permanente (C. I. P.) y anejos I y II, hecho en Bruselas el 1 de julio de 1969.

En aquel momento, los Gobiernos de la República Federal de Alemania, Austria, Bélgica, Chile, España, Francia, Italia y la República Socialista Checoslovaca firmaron este tratado para crear la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego (CIP) con diversas misiones, entre las que enumera su Art. I: elegir los aparatos que servirán de patrón para medir la presión de tiro y los procedimientos de medición que hayan de utilizar los servicios oficiales para determinar, del modo más exacto y práctico, la presión que desarrollan los cartuchos de tiro y de prueba; determinar la naturaleza y la ejecución de las pruebas oficiales a las que deberán someterse las armas con el fin de ofrecer toda clase de garantías de seguridad; introducir en los aparatos de medición tipo y en los procedimientos para su manipulación, así como las pruebas modelo, todos aquellos perfeccionamientos. modificaciones o complementos que requiera el progreso de la metrología; procurar la unificación de las dimensiones de las recámaras de las armas de fuego; examinar las leyes y reglamentos relativos a la prueba oficial de las armas de fuego promulgadas por los Estados contratantes; etc.

Este Convenio de 1969 sustituyó al anterior Convenio para la fijación de reglas uniformes para el reconocimiento recíproco de los contrastes oficiales de pruebas de armas de fuego y de sus anejos I y II, firmados en Bruselas el 13 de julio de 1914. El hecho de que ambos tratados se depositaran en los archivos del Gobierno del Reino de Bélgica y que los dos se adoptaran en Bruselas se debe a que el origen último de los bancos de prueba de armas se encuentra en la prestigiosa armería de la ciudad de Lieja que se creó al mismo tiempo que las armas de fuego, en el siglo XV.



Según la propia CIP, tras haber recibido una reclamación sobre la calidad de las armas fabricadas en el principado de Lieja, el Príncipe-Obispo Maximilien de Baviera decretó, mediante la Ordenanza de 10 de mayo de 1672, que la prueba de los cañones de armas de fuego fuese obligatoria. Dicha prueba debía ser realizada por un revisor juramentado, y una vez aceptada, se estampaba la marca de la ciudad de Lieja “Le Perron” sobre el arma. Aquella disposición supuso el acta de nacimiento del Banco de Pruebas de armas de fuego de Lieja. Diecisiete años más tarde, en 1689, Maximilien de Baviera también promulgó un edicto sobre la seguridad de los depósitos de pólvora que reforzó las condiciones de prueba de las armas de fuego.

A finales del siglo XVIII, después de la Revolución Francesa, el Principado de Lieja fue anexionado por Francia y la armería liejense tuvo que adaptar su normativa a las prescripciones impuestas por el decreto de 14 de diciembre de 1810 firmado por Napoleón; en el que se estableció el procedimiento de prueba y el modo de funcionamiento de los bancos de prueba de todo el imperio. Cada ciudad donde se fabricasen armas debía tener un único revisor elegido por el Prefecto del Departamento en representación del Alcalde, de entre tres candidatos propuestos por los fabricantes de armas.

Tras la independencia de la actual Bélgica, el 4 de octubre de 1830, fue el propio soberano belga quien pasó a elegir al director del Banco de Pruebas. En 1914, ese cargo lo desempeñó Joseph Fraikin y fue él quien impulsó la creación de la actual Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles [Commission internationale permanente pour l'épreuve des armes à feu portatives], con la misión de establecer reglas uniformes para la Prueba de las armas y de las municiones, con el objeto de asegurar el reconocimiento recíproco de los cuños de prueba de los estados signatarios de la Convención.

Hoy en día, la CIP mantiene su sede en Bélgica y está integrada por 14 Estados: Alemania, Austria, Bélgica, Chile, Emiratos Árabes Unidos, Eslovaquia, España, Finlandia, Francia, Hungría, Italia, Reino Unido, la República Checa y Rusia.

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