viernes, 3 de abril de 2026

¿Cuál fue el primer casino legal?

En España, la exposición de motivos del derogado Real Decreto 682/1977, de 11 de marzo, por el que se dictaron normas para la gestión, inspección y recaudación de la tasa que grava los juegos de suerte, envite o azar, señala que: El Real Decreto-ley dieciséis/mil novecientos setenta y siete, de veinticinco de febrero, despenaliza los juegos de suerte, envite o azar, y adapta el régimen tributario de las rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias a las nuevas modalidades que se autorizan. [Asimismo] precisa los elementos esenciales del tributo y autoriza al Gobierno, a propuesta del Ministro de Hacienda, a regular su exacción (…). Se refiere al aún vigente Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas.

En su preámbulo, esta disposición con rango de ley justificó así la legalización del juego: (…) Aunque no han cambiado sustancialmente ni en España ni en otros muchos países las concepciones generales en torno a los juegos de azar y a sus posibles consecuencias individuales, familiares y sociales, no se puede desconocer que los sistemas de prohibición absoluta frecuentemente han fracasado en la consecución de sus objetivos moralizadores y se han convertido de hecho en situaciones de tolerancia o de juego clandestino generalizado, con más peligros reales que los que se trataban de evitar y en un ambiente de falta de seguridad jurídica. (…) A tales efectos, se estima necesario, y ello constituye el objetivo del presente Real Decreto-ley: Declarar formalmente la competencia que al Estado corresponde en nuestra Patria para llevar a cabo la regulación general de la materia; proceder a la despenalización de los juegos de azar que se desarrollen con arreglo a dicha regulación y establecer una instrumentación adecuada de fiscalidad complementaria, que se estima imprescindible.

A continuación, su Art. 4.2 autorizó al entonces Ministerio de la Gobernación -con la transición, esta cartera pasó a denominarse Ministerio del Interior- para establecer reglas especiales en cuanto a la constitución y funcionamiento de Sociedades de casinos de juego. Con ese marco normativo, el primer establecimiento autorizado para esta práctica que se abrió legalmente en España fue el Casino Gran Madrid de la localidad madrileña de Torrelodones el 14 de octubre de 1981 [1]… si solo tenemos en cuenta la primera acepción con la que el Diccionario de la RAE define el artículo «casino» [local destinado a la práctica de juegos de azar]; con la segunda definición [sociedad de recreo] el pódium lo encabeza el de Castellón, inaugurado el 19 de marzo de 1814, por iniciativa de Francisco Giner y Feliu, Barón de Benicàssim [2].

Gabriele Bella | Il nuovo ridotto (ca. 1779)

¿Y en el resto del mundo? Según el investigador Jonathan Walker [3], el Carnaval de Venecia fue adquiriendo cada vez mayor importancia en la economía de la ciudad a lo largo de los siglos XVI y XVII, lo que conllevó que también aumentasen los espacios -en aquel momento, aún clandestinos- dedicados a la práctica de juegos de azar que, al principio, se desarrollaban al aire libre (en especial, junto a la Plaza de San Marcos). Tradicionalmente se considera que, en 1638, las autoridades de la República Serenísima legalizaron el primer luogo del gioco: di palazzo Dandolo a San Moise', donde abrió un ridotto. Aquel “reducto” -una pequeña sala de juegos que tomó el nombre de los lugares de reunión de los comerciantes- se le autorizó a Marco Dandolo en su propio Palacio [4] convirtiéndose en el primer casino legal del mundo; sin embargo, esta afirmación solo tiene su origen en las curiosidades venecianas publicadas por Giuseppe Tassini [5] en 1872; y aunque se suele considerar correcto, Walker no encontró ninguna otra fuente documental -aparte de Tassini- relativa a esa fecha de 1638 pero sí comprobó que hubo regulaciones en 1650 y 1704 y, como vemos por los cuadros, diversos artistas inmortalizaron aquella sala en el siglo XVIII. De todos modos, está claro que Venecia ganó esa partida.

Francesco Guardini
Il Ridotto di palazzo Dandolo a San Moisè (ca. 1746) 

Citas: [1] FONTBONA, M. Historia del juego en España. De la Hispania romana a nuestros días. Madrid: Flor del Viento, 2008, p. 254. [2] GINÉS I SÀNCHEZ, A. La instauració del franquisme al País Valencià. Valencia: Universidad de Valencia, 2011, p. 28. [3] WALKER, J. “Gambling and Venetian Noblemen c.1500-1700”. En: Past & Present, 1999, nº 162, pp. 57 y 58. [4] MOLMENTI, P. Venice. Its Individual Growth from the Earliest Beginnings to the Fall of the Republic. Parte 3, Tomo 1. Londres: A. C. McClurg & Co., 1908, p. 171. [5] TASSINI, G. Curiosità veneziane, ovvero Origini delle denominazioni stradali di Venezia. Venecia: Grimaldo, 1872, p. 14.

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