En la Unión Europea, no. El ordenamiento jurídico comunitario lo prohibió expresamente en el Reglamento CE 1236/2005, de 27 de junio. Sea cual sea su origen, su Art. 3º prohíbe que los 27 Estados miembros de la Unión Europea exporten aquellos productos cuyo único uso práctico sea aplicar la pena de muerte, infligir torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; en concreto, enumera las horcas y guillotinas, las sillas eléctricas, las cámaras herméticas (por ejemplo de acero y vidrio, diseñadas con el fin ejecutar a seres humanos mediante la administración de un gas o sustancia química letal) y los sistemas automáticos de inyección de droga diseñados con ese mismo fin mediante la administración de una sustancia química letal; asimismo, prohíbe exportar los productos diseñados para la inmovilización de seres humanos (como los cinturones de electrochoque que administren descargas eléctricas de una tensión en circuito abierto superior a 10.000 voltios).
Es más, la normativa comunitaria también exige una licencia de exportación para comercializar cualquier producto que pudiera ser utilizado para infligir torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y cita, como ejemplos, las sillas de sujeción y planchas de inmovilización; las esposas para tobillos, cadenas colectivas, grilletes, esposas y grilletes de muñeca individuales; las esposas para pulgares y empulgueras, incluidas las esposas dentadas para pulgares; los dispositivos portátiles para provocar descargas eléctricas (incluidos, entre otros, picanas, escudos eléctricos, armas aturdidoras y pistolas que disparan dardos eléctricos de una tensión en circuito abierto superior a 10 000 voltios) y las sustancias para su uso como material antidisturbios o de autodefensa mediante la administración o diseminación de una sustancia química incapacitante y el equipo portátil para su diseminación.
Es más, la normativa comunitaria también exige una licencia de exportación para comercializar cualquier producto que pudiera ser utilizado para infligir torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y cita, como ejemplos, las sillas de sujeción y planchas de inmovilización; las esposas para tobillos, cadenas colectivas, grilletes, esposas y grilletes de muñeca individuales; las esposas para pulgares y empulgueras, incluidas las esposas dentadas para pulgares; los dispositivos portátiles para provocar descargas eléctricas (incluidos, entre otros, picanas, escudos eléctricos, armas aturdidoras y pistolas que disparan dardos eléctricos de una tensión en circuito abierto superior a 10 000 voltios) y las sustancias para su uso como material antidisturbios o de autodefensa mediante la administración o diseminación de una sustancia química incapacitante y el equipo portátil para su diseminación.
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