Mientras Croacia estaba a punto de convertirse en el 28º Estado miembro de la Unión Europea, el Primer Ministro del Reino Unido, David Cameron, anunció su intención de convocar un referéndum en 2017 para preguntar a los británicos –de por sí euroescépticos– si desean que Gran Bretaña continúe o abandone el club de Bruselas. Desde su origen, con el extinto Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero [CECA] –que Alemania, Bélgica, Francia, Luxemburgo, Italia y los Países Bajos firmaron en París, en 1951, y que expiró el 23 de julio de 2007 [Art. 97 TCECA]– ninguno de los tratados comunitarios europeos previó la posibilidad de que un Estado miembro quisiera “retirarse” de forma voluntaria, sencillamente porque en aquel contexto de integración del Viejo Continente no parecía lógico que una nación planteara su adhesión como nuevo socio para querer salirse unilateralmente pasado un tiempo. Esto fue así hasta 2007, cuando se aprobó el Tratado de Lisboa, que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009, y una de sus principales novedades fue, precisamente, el texto del Art. 50 del Tratado de la Unión Europea (TUE).
El nuevo precepto sí que prevé el procedimiento a seguir en este supuesto. En la cláusula de retirada se establece que: 1. Todo Estado miembro podrá decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión. 2. El Estado miembro que decida retirarse notificará su intención al Consejo Europeo. A la luz de las orientaciones del Consejo Europeo, la Unión negociará y celebrará con ese Estado un acuerdo que establecerá la forma de su retirada, teniendo en cuenta el marco de sus relaciones futuras con la Unión (…) El Consejo lo celebrará en nombre de la Unión por mayoría cualificada, previa aprobación del Parlamento Europeo. Asimismo, ese artículo también regula el método en que los tratados europeos dejarán de aplicarse al Estado de que se trate. En la actualidad, como establece el Art. 49 TUE, si un Estado miembro se retirase y, pasado el tiempo, quisiera reingresar en la Unión, tendría que someterse de nuevo a un procedimiento de adhesión.
NB: Finalmente, Gran Bretaña votó el "Brexit" el 23 de junio de 2016; el resultado del referéndum fue: un 51,90% a favor de abandonar la Unión Europea frente a un 48,10% que prefería permanecer en la UE.
NB: Finalmente, Gran Bretaña votó el "Brexit" el 23 de junio de 2016; el resultado del referéndum fue: un 51,90% a favor de abandonar la Unión Europea frente a un 48,10% que prefería permanecer en la UE.
PD: véase también: la exclusión de un Estado miembro y el derecho de retiro.
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