Henry Inman | William Penn (ca. 1830) |
En su opinión, el medio para alcanzar la paz general era la justicia en lugar de la guerra; para lograrlo, propuso que si los príncipes soberanos de Europa (…) aceptarían, por (…) amor a la paz y al orden, reunirse con los diputados en una dieta general, estados o parlamento y ahí establecer normas de justicia para ser observadas por todos príncipes soberanos; y acordar reunirse una vez al año, o una vez cada dos o tres años a lo sumo, lo que ellos crean oportuno, y diseñaran, la Soberana o Imperial Dieta, Parlamento o Estado de Europa.
Ante semejante asamblea soberana deberían traerse todas las diferencias dependiendo de los soberanos que no pueden ser resueltas por las embajadas privadas antes de que las sesiones comiencen; y si alguna de las soberanías que constituyen estos estados imperiales rechazara someter sus demandas o pretensiones a ellos, o acatar y ejecutar el juicio emitido, y buscara el remedio a través de las armas o retrasara su cumplimiento más allá del tiempo previsto en sus resoluciones, todas las soberanías, unidas como una sola fuerza, pueden obligar al sometimiento y ejecución de la sentencia, con daños y perjuicios de la parte ofendida y los cargos a las soberanías obligadas a su cumplimiento.
Ciertamente, Europa obtendría tranquilamente la tan deseada y necesaria paz a sus atormentados habitantes; ninguna soberanía en Europa ostentaría el poder y por lo tanto no podría mostrar la voluntad de discutir la decisión; y consecuentemente, la paz sería lograda y mantenida en Europa.
En cuanto a la composición y proporción de los delegados de cada país en esta Soberana Parte o Estado Imperial, William Penn previó que esa cuestión representaba una “no pequeña dificultad”; de hecho, sin pretender ser exacto –como él mismo se excusó con todas las partes integrantes– imaginó, “en beneficio de ejemplo” que el Imperio de Alemania envía doce; Francia, diez; Italia, los que lleva a Francia, ocho; Inglaterra, seis; Portugal, tres; Suecia, cuatro; Dinamarca, tres; Polonia, cuatro; Venecia, tres; las siete provincias, cuatro; los trece cantones y las pequeñas soberanías vecinas, dos; los ducados de Holstein y Courland, uno; y si los turcos y moscovitas se incorporan, como parece lo adecuado y justo, harán diez o más cada uno. El total hace noventa [en este pasaje no incluye a España pero sí que la cita en otros momentos].
Y, aunque no propuso ninguna sede concreta para la Dieta sí que aconsejó que la primera sesión del Estado Imperial europeo se celebrara en un lugar cuanto más central posible, teniendo en cuenta lo que acuerden las partes.
Finalmente, su ensayo concluye enumerando tanto las objeciones que se podrían presentar a su proyecto como los reales beneficios que derivarían de él: desde preservar a los pueblos, ciudades y países devastados por la rabia de la guerra hasta ahorrarse el coste de los gastos que acarrean estos conflictos, pasando por la facilidad y seguridad de desplazamiento y tráfico –que, según Penn, no volvió a disfrutarse en Europa desde los tiempos del Imperio Romano– e incrementar una personal amistad entre príncipes y estados.
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