Al regular las infracciones en materia de empleo como leves (Art. 14 LISOS), graves (Art. 15) o muy graves (Art. 16), la vigente redacción del Art. 16.1.c) LISOS que aún publica el BOE tiene las siguientes redacciones:
- c) Solicitar datos de carácter personal en cualquier proceso de intermediación o colocación o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de edad, sexo, discapacidad, salud, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opinión política, afiliación sindical, así como por razón de lengua, dentro del Estado español, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- c) Solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo, origen, incluido el racial o étnico, edad, estado civil, discapacidad, religión o convicciones, opinión política, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación sindical, condición social y lengua dentro del Estado.
De las dos normas, tan solo la segunda justifica la modificación en su preámbulo: La disposición final sexta modifica el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, procediendo a sancionar conductas discriminatorias y el acoso por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales, así como la solicitud, en el marco de procesos de selección, de datos personales al respecto.
Era de esperar que, no tardando, una ley reformara esta duplicidad pero la disolución del Congreso de los Diputados y del Senado por la convocatoria de elecciones [Real Decreto 400/2023, de 29 de mayo] dejó pendiente esta anomalía jurídica para la siguiente legislatura.
No hay comentarios:
Publicar un comentario