lunes, 19 de agosto de 2024

La «Gran Prisión de Tebas» según el «Papiro de Brooklyn»

En 1935, Theodora Wilbour (1860-1947) -segunda hija del egiptólogo Charles Edwin Wilbour (1833-1896) y de la activista y sufragista Charlotte Beebe (1833-1914)- cumplió la última voluntad de sus padres y donó al Museo de Brooklyn (BkM) en Nueva York (EE.UU.) los centenares de fragmentos que conforman el «Papiro 35.1446»; un documento administrativo de 29,2 por 182 cm., escrito por anverso y reverso que se dató, aproximadamente, entre los años 1809 y 1743 a. C.; es decir, a finales de la Dinastía XII o comienzos de la XIII durante el periodo del Imperio Medio, cuando Tebas -actual Luxor- era la capital de aquel Egipto reunificado. Uno de los elementos más singulares de este antiguo texto es su referencia a la Gran Prisión de Tebas según la traducción que realizó en 1955 el prestigioso egiptólogo William Christopher Hayes (1903-1963) tras poner orden en todos los pedazos del manuscrito.

En su interpretación, Hayes habla de “gran” o “principal” prisión de Tebas para diferenciar con ese adjetivo este término de otros similares que los egipcios empleaban para referirse a las pequeñas prisiones locales [1]. En realidad, como ya sabemos por otras entradas de este blog, el concepto de encarcelar a un recluso en una prisión para privarle de su libertad durante un determinado periodo de tiempo, como consecuencia de haber cometido una conducta tipificada penalmente como delito, fue un criterio de política criminal que se implantó durante el siglo XVIII y, por lo tanto, podríamos decir que se trata de una institución relativamente moderna.

Por ese motivo, la «Gran Prisión de Tebas» debe entenderse hoy en día con cierta cautela, asociándola a la idea de un establecimiento donde se confinaba la mano de obra de prisioneros, más similar a un campo de concentración [2]. Ese tipo de centros ya existía en el Imperio Antiguo y, según el arqueólogo mexicano José Carlos Castañeda Reyes, perduró hasta los faraones de la Dinastía XVIII (en tiempos de Tutmosis y Hatshepsut); al comienzo del Imperio Nuevo [2].

Sobre la importancia de los prisioneros-esclavos en el Antiguo Egipto, en otro artículo, Castañeda señala al respecto que: (…) desde el tiempo de Narmer, se preocuparon por capturar prisioneros que, presumiblemente, serían utilizados en trabajos diversos. (…) se sabe que el rey los entregaba como recompensa. La resistencia del enemigo a ser apresado llevaría a la muerte de éste y a la amputación de la mano del muerto. Los egipcios (…) preferían tomar prisioneros vivos y evitar en lo posible muertes innecesarias, debido a la importancia económica de los prisioneros durante el Imperio. Los textos distinguen entre los “prisioneros vivos” y “manos” cortadas, que simbolizarían a los muertos en combate. (…) los prisioneros serían el “botín más valioso” obtenido en las guerras de conquista. (…) El papiro de Brooklyn 35.1446 permite a Hayes realizar una interpretación sobre la posibilidad de la existencia de esclavos en Egipto ya desde el Reino Medio. En efecto, el texto contiene una lista de 95 asiáticos que Hayes considera como probables esclavos (…) de propiedad privada (…) si bien como sirvientes domésticos o artesanos y no como siervos o esclavos atados a la tierra [3].

Al año siguiente de que Hayes publicara su traducción del «Papiro de Brooklyn», el profesor escocés Kenneth Anderson Kitchen (1932-) reconoció que su colega estadounidense había llevado a cabo un análisis conciso y exhaustivo. Y destacó que aquella gran prisión de Tebas: además de ser una "cárcel" criminal, era también un campo de trabajo para campesinos en servicio militar obligatorio, cuya fuga del servicio constituía delito. (…) En el Registro Penal de la. Gran Prisión de Tebas, el Papiro nombra a setenta y seis ciudadanos [sic] que se habían fugado. Clasifica sistemáticamente a cada persona en siete apartados, de la siguiente manera: 1) nombre; 2) epíteto distintivo; 3) sexo; 4) resumen de los cargos por los que se le condenó; 5) una nota "Aquí" o "Traído" o algo similar, es decir, el acusado está a salvo en prisión o pronto lo estará; 6) la declaración de archivo del caso por el escriba del Visir; y 7) una última marca de verificación: "Caso cerrado". (…) [4]. La polémica, que perdura hasta la actualidad, se suscitó con la traducción del reverso del papiro, a la que Kitchen calificó de “igualmente intrigante”.

Al referirse a aquellos fugados, el documento (…) enumera setenta y nueve [sic] -antes él habló de 76 y Castañeda eleva la cifra a 95- sirvientes de una gran casa egipcia de la dinastía XIII (aproximadamente 1745 a. C.), de los cuales cuarenta y cinco eran asiáticos (principalmente semíticos). Algunos, especialmente niños, llevan nombres puramente egipcios, pero la mayoría lleva nombres semíticos. Casi cuarenta de estas personas en realidad llevan un nombre (generalmente) semítico seguido del epíteto "que es llamado” y un segundo nombre, egipcio [4]. ¿Y por qué resultó polémico ese debate? Kitchen identifica aquellos nombres asiáticos o semíticos como israelitas, lo que -por línea de tiempo- justificaba la narración del Libro del Éxodo e incluso ciertos pasajes del Génesis [al fin y al cabo: 1. Cuando José fue llevado a Egipto, Putifar -un egipcio que era funcionario del Faraón, capitán de guardias- lo compró a los ismaelitas que lo habían llevado allí. 2 Pero como el Señor estaba con José, la suerte lo favoreció, y quedó en la casa de su patrón, el egipcio (…) Gn., 39, 1-12:]; algo que no comparten otros autores para quienes el pueblo elegido aún tardaría algunos siglos en llegar al Nilo.

Por último, en cuanto al registro penal de aquella Gran Prisión tebana que mencionaban Hayes y Kitchen, el profesor Mazzone cree que: (…) seguramente era necesario para controlar tal institución e indica la complejidad de organizarla, particularmente con respecto al número de personas involucradas y el nivel de actividad descrito. (…). Esa institución puede haber servido como base de mano de obra gratuita al servicio del Estado. (…) una fuerza laboral de convictos, criminales y cautivos, ya fueran prisioneros de guerra [extranjeros] o nativos. Esto restringió el estatus social de los convictos, al tiempo que los dejó disponibles según fuera necesario para actividades de culto, trabajos domésticos privados, canteras, minas y obras de construcción a gran escala [5].

Citas: [1] HAYES, W. C. A Papyrus of the Late Middle Kingdom in the Brooklyn Museum: (Papyrus Brooklyn 35.1446). Nueva York: Brooklyn Museum, 1955, p. 42. [2] CASTAÑEDA REYES, J. C. Sociedad antigua y respuesta popular: movimientos sociales en Egipto antiguo. Ciudad de México: Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa, 2003, p. 289. [3] CASTAÑEDA REYES, J. C. “En torno a una historia de la historia jurídica, económica y social del Egipto antiguo". En: Estudios de Asia y África, 1988, pp. 372 a 374. [4] KITCHEN, K. A. “A recently published egyptian papyrus and its bearing on the Joseph story”. En: The Tyndale House Bulletin, 1956-1957, nº 2, pp. 1 y 2. [5] MAZZONE, D. “The Dark Side of a Model Community: The “Ghetto” of el-Lahun”. En: The Journal of Ancient Egyptian Architecture, 2017, nº 2, p. 36.

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