1. El Art. III de la Constitución de los Estados Unidos de América –que fue aprobada por la Convención el 17 de septiembre de 1787 y ratificada por nueve Estados el 21 de junio de 1788, de acuerdo con lo previsto en su Art. VII– es el único precepto de esta ley fundamental que se refiere al Tribunal Supremo; en concreto, su primera sección dispone que: Se depositará el poder judicial de los Estados Unidos en un Tribunal Supremo y en los tribunales inferiores que el Congreso instituya y establezca en lo sucesivo. Los jueces, tanto del Tribunal Supremo como de los inferiores, continuarán en sus funciones mientras observen buena conducta y recibirán en periodos fijos, una remuneración por sus servicios que no será disminuida durante el tiempo de su encargo.
A continuación, la segunda sección delimitó sus competencias: El Poder Judicial entenderá en todas las controversias, tanto de derecho escrito como de equidad, que surjan como consecuencia de esta Constitución, de las leyes de los Estados Unidos y de los tratados celebrados o que se celebren bajo su autoridad; en todas las controversias que se relacionen con embajadores, otros ministros públicos y cónsules; en todas las controversias de la jurisdicción de almirantazgo y marítima; en las controversias en que sean parte los Estados Unidos; en las controversias entre dos o mas Estados, entre un Estado y los ciudadanos de otro, entre ciudadanos de Estados diferentes, entre ciudadanos del mismo Estado que reclamen tierras en virtud de concesiones de diferentes Estados y entre un Estado o los ciudadanos del mismo y Estados, ciudadanos o súbditos extranjeros.
Pero, poco tiempo después, a raíz de la polémica sentencia del caso Chisholm contra Georgia (en 1792, Alexander Chisholm, de Carolina del Sur, denunció al vecino Gobierno de Atlanta por unas deudas que éste contrajo con uno de sus clientes durante la Guerra de la Independencia; el Estado de Georgia ni llegó a comparecer ante el Tribunal Supremo y perdió el juicio), este precepto fue modificado por la undécima enmienda, de 1795, limitando la posibilidad de que un ciudadano procedente de un Estado pudiera denunciar a otro Estado diferente: El poder judicial de los Estados Unidos no debe interpretarse que se extiende a cualquier litigio de derecho estricto o de equidad que se inicie o prosiga contra uno de los Estados Unidos por ciudadanos de otro Estado o por ciudadanos o súbditos de cualquier Estado extranjero.
A continuación, la segunda sección delimitó sus competencias: El Poder Judicial entenderá en todas las controversias, tanto de derecho escrito como de equidad, que surjan como consecuencia de esta Constitución, de las leyes de los Estados Unidos y de los tratados celebrados o que se celebren bajo su autoridad; en todas las controversias que se relacionen con embajadores, otros ministros públicos y cónsules; en todas las controversias de la jurisdicción de almirantazgo y marítima; en las controversias en que sean parte los Estados Unidos; en las controversias entre dos o mas Estados, entre un Estado y los ciudadanos de otro, entre ciudadanos de Estados diferentes, entre ciudadanos del mismo Estado que reclamen tierras en virtud de concesiones de diferentes Estados y entre un Estado o los ciudadanos del mismo y Estados, ciudadanos o súbditos extranjeros.
Pero, poco tiempo después, a raíz de la polémica sentencia del caso Chisholm contra Georgia (en 1792, Alexander Chisholm, de Carolina del Sur, denunció al vecino Gobierno de Atlanta por unas deudas que éste contrajo con uno de sus clientes durante la Guerra de la Independencia; el Estado de Georgia ni llegó a comparecer ante el Tribunal Supremo y perdió el juicio), este precepto fue modificado por la undécima enmienda, de 1795, limitando la posibilidad de que un ciudadano procedente de un Estado pudiera denunciar a otro Estado diferente: El poder judicial de los Estados Unidos no debe interpretarse que se extiende a cualquier litigio de derecho estricto o de equidad que se inicie o prosiga contra uno de los Estados Unidos por ciudadanos de otro Estado o por ciudadanos o súbditos de cualquier Estado extranjero.
2. Como la Constitución estadounidense no incluyó ninguna provisión sobre la estructura, composición, funciones o sede del Tribunal Supremo y delegó en el Congreso la tarea de instituir los tribunales inferiores, el poder legislativo tuvo que adoptar la Ley Judicial [Act to establish the Judicial Courts of the United States o, simplemente, Judiciary Act] el 24 de septiembre de 1789. Al año siguiente, la Corte inició su función el 2 de febrero de 1790, integrada entonces por tan solo seis miembros [cinco jueces (los Associate Justices) y el presidente (Chief Justice) John Jay]. Actualmente, son nueve en total.
3. Si el Tribunal Supremo ocupa la cúspide del poder judicial federal de los Estados Unidos, en los niveles inferiores, aquella Ley de 1789 tomó como base a los Tribunales Federales de Distrito [United States District Courts]. En cada Estado puede haber entre 1 y 4 Tribunales de Distrito (por ejemplo, existe uno solo en Oregón; mientras que Michigan tiene dos; Alabama, tres; y California, cuatro). En total, y contando con los territorios bajo mandato de Washington, como Puerto Rico o la isla de Guam, existen 94. Por encima de ellos se sitúa un nivel intermedio entre aquella primera instancia y el nivel superior del Supremo: son los Tribunales de Apelación [United States Courts of Appeals o Tribunales de Circuito (Circuit Courts)]. Hay 13 en toda la nación, de modo que, por ejemplo, los Estados de Wyoming, Utah, Colorado, Nuevo México, Kansas y Oklahoma se integran todos dentro del décimo circuito (véase el mapa de los límites geográficos). El duodécimo se corresponde con el Distrito de Columbia (la capital) y el décimo tercero se creó en 1982 para apelaciones federales relacionadas con patentes [United States Court of Appeals for the Federal Circuit]. Resumiendo: el poder judicial federal se estructura en tres niveles: primera instancia (Tribunales Federales de Distrito), apelación (Tribunales de Circuito) y nivel superior (Tribunal Supremo).
4. Propiamente –como señaló el profesor Lawrence Baum [1]– resulta incorrecto hablar de un único sistema judicial en los Estados Unidos, puesto que los tribunales se hallan divididos entre el sistema federal [al que nos estamos refiriendo] y el sistema propio de cada uno de los Estados (…). La mayor parte de la jurisdicción de los tribunales federales puede dividirse en tres categorías. En primer lugar figuran los casos penales y civiles derivados de las leyes federales, entre las que se incluye la Constitución. En segundo lugar se hallan todos aquellos asuntos en los que es parte el Gobierno de los Estados Unidos. Finalmente tenemos los casos civiles suscitados por ciudadanos de diferentes Estados siempre y cuando la cantidad en litigio alcance un mínimo de diez mil dólares [por eso decíamos ates que desde el caso Chisholm contra Georgia se limitaron estas posibles denuncias].
5. Teniendo en cuenta que en Estados Unidos no existe un Tribunal Constitucional como se concibe en otros países (España, por ejemplo); su Tribunal Supremo también actúa como órgano de garantía que vela por la constitucionalidad de las leyes federales y ostenta la supremacía interpretativa de la Constitución [2]. La primera vez que el Tribunal Supremo decretó que una Ley del Congreso era inconstitucional fue en el año 1803, en el caso Marbury v. Madison (la propia Corte consideró que un artículo de la Ley Judicial era contrario a la Constitución por ampliar las facultades que debían corresponderle) [3].
6. Los magistrados del Tribunal Supremo son nombrados por el presidente de Estados Unidos, con el consentimiento del Senado y la evaluación de la American Bar Association [salvando las distancias, la ABA sería una corporación similar a un Consejo General de la Abogacía]. Aunque el cargo es vitalicio –lo que, en principio, garantizaría que no se vean sometidos a influencias políticas– sí que es posible destituirlos mediante un proceso de impugnación [impeachment] ante el Congreso aunque también pueden renunciar, si lo estiman oportuno. Hasta el momento, Jimmy Carter ha sido el único presidente que no ha tenido que cubrir ninguna vacante y por lo tanto, no pudo nombrar a ningún magistrado de la Corte. Si en algún momento –por renuncia, impugnación o fallecimiento– el número de magistrados fuese par y a la hora de tomar una decisión se produjera un empate, en dichas circunstancias se mantiene la resolución decretada por el tribunal inferior [4].
7. En todos estos años, su jurisprudencia ha desempeñado un papel crucial en la vida social del país, como sucedió, por ejemplo, en los años 70 a raíz del caso Roe contra Wade en el que limitó el poder estatal a la hora de prohibir los abortos. El procedimiento para recurrir ante la Corte Suprema se regula en las Rules of the Supreme Court of the United States, de 19 de abril de 2013.
8. Por último, bajo el lema EQUAL JUSTICE UNDER LAW [Justicia e igualdad bajo la Ley], grabado en el frontispicio de mármol de la fachada, la actual sede de la Corte es un imponente edificio de estilo corintio, diseñado por los arquitectos Cass Gilbert, Jr. y John R. Rockart que se ubica al Este del Capitolio en Washington. Hasta que se construyó la nueva sede neoclásica entre 1932 y 1935 –por iniciativa del Chief Justice William Howard Taft– el Tribunal celebró sus sesiones en el Merchants Exchange Building de Nueva York, el Independence Hall de Filadelfia y en la capital federal, dentro de las instalaciones del Senado.
Citas: [1] BAUM. L. El Tribunal Supremo de los Estados Unidos de Norteamérica. Barcelona: Librería Bosch, 1987, p. 21. [2] Ob. cit. p. 37. [3] Ob. cit. p. 237. [4] Ob. cit. p. 30.
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