Este breve instrumento jurídico –de apenas 19 preceptos– enumera sus objetivos en el Art. 3: la UKOTA proporciona un foro para el intercambio de ideas y la discusión de temas relevantes de interés común; trabaja en beneficio mutuo de sus miembros; comparte información; da recomendaciones a los Gobiernos de los Territorios de Ultramar; desarrolla sus relaciones, como entidad, con organizaciones e instituciones (Corona, Parlamento de Westminster, Unión Europea y Commonwealth); comparte prácticas y defiende y representa los intereses colectivos.
Cada uno de estos doce territorios envía a la Asociación un único representante debidamente designada por ellos y facultada para actuar en su nombre (Art. 4); donde el Political Council (Art. 5) adopta sus principales decisiones con una mayoría cualificada del 70% de los votos para que sean consideradas válidas (Art. 16). La Secretaría de la UKOTA recae en la representación en Mayfair (Londres) del Gobierno de las Islas Turcas y Caicos.
Reunión de la UKOTA en Londres (2018) |
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