lunes, 31 de julio de 2023

El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza

La didáctica sentencia 162/2012, de 15 de marzo, del Tribunal Supremo español, nos recuerda que, hoy en día, a diferencia de otras épocas,: (…) el tránsito de un derecho penal privado a un derecho penal público constituye el fundamento del Estado de Derecho, que sustituye como instrumento de resolución de los conflictos la violencia y la venganza privada por la norma legal y la resolución imparcial del Juez, determinando un avance trascendental de la civilización, tanto en términos de pacificación social como en objetivación, imparcialidad y proporcionalidad. (…) constituye un principio básico del ordenamiento jurídico que los ciudadanos han hecho dejación de la respuesta punitiva en manos del Poder Judicial precisamente para descargarse de sus necesidades defensivas frente a las agresiones legalmente tipificadas como delictivas. Aun así, desde mediados del siglo XX, diversos colectivos sociales e intelectuales han promovido la creación de una jurisdicción internacional informal por la que se han establecido tribunales de opinión para juzgar aquellos asuntos que, de acuerdo con su criterio, no se resolvían en ninguna otra instancia judicial (ni nacional, regional o internacional).

En anteriores entradas de este blog hemos tenido ocasión de referirnos a los dos prototipos de esta iniciativa: el Tribunal Internacional de Crímenes de Guerra [International War Crimes Tribunal] –más conocido por el sobrenombre coloquial de «Tribunal Russell» porque surgió, en 1967, gracias a la iniciativa del controvertido filósofo y escritor británico Bertrand Russell (1872-1970)– y el Tribunal Permanente de los Pueblos [Permanent Peoples' Tribunal] en 1979 que retomó el legado del jurista y político italiano Lelio Basso (1903-1978) tras proclamar la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos, en Argel, el 4 de julio de 1976. Tomando esos dos ejemplos como referencia, hoy veremos el Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza que fue creado por la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza [Global Alliance for the Rights of Nature (GARN)]; una red fundada en 2010 que permite colaborar a las organizaciones de todo el mundo que comparten una misma cosmovisión de la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra.


El International Rights of Nature (RoN) Tribunal surgió a iniciativa del político ecuatoriano Alberto Acosta Espinosa (1948) y se autodefine como una institución internacional establecida por ciudadanos para investigar y dar a conocer violaciones a los Derechos de la Naturaleza. El Tribunal crea un foro para que personas de todo el mundo hablen en nombre de la naturaleza y para protestar por la destrucción de la Tierra -una destrucción fomentada por las corporaciones con el apoyo de los gobiernos- y, por lo tanto, trae visibilidad a los conflictos ambientales y hace recomendaciones jurídicas sobre la protección y restauración de la Tierra como modelo de jurisprudencia para las comunidades de primera línea. El Tribunal también tiene un fuerte enfoque en permitir que los Pueblos Indígenas alcen su voces y compartan los impactos que ven en sus territorios, y también es un espacio para compartir soluciones sobre la tierra, el agua y la cultura con la comunidad global. Los veredictos que surgen del Tribunal, si fuesen aplicados a los niveles más altos, podrían proveer herramientas cruciales en la lucha por la justicia ambiental. Un tribunal ético y cívico, basado en el modelo del Tribunal Internacional por los Crímenes de Guerra, el Tribunal Permanente de los Pueblos, y otros esfuerzos similares por compensar por las carencias del estado, el Tribunal Internacional por los Derechos de la Naturaleza está haciendo un llamado a las Naciones Unidas -y a las naciones en general- pidiéndoles que recojan el trabajo que el Tribunal ha estado haciendo por muchos años, y que defiendan los Derechos fundamentales de la Naturaleza.

La sesión inaugural del I Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza se celebró en Quito (Ecuador) el 17 de enero de 2014, bajo la presidencia de la activista y filósofa india Vandana Shiva (1952) y lo integraron nueve jueces procedentes de siete países y cinco continentes que resolvieron nueve casos de presuntas violaciones de la mencionada Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra, adoptada en Cochabamba (Bolivia) el 20 de abril de 2010. Su principal redactor, el abogado medioambientalista sudafricano Cormac Cullinan, afirmó en la capital ecuatoriana que aquel Tribunal era una respuesta creativa al actual estancamiento a nivel internacional que ha llevado a un abismo cada vez mayor entre lo que la sociedad civil global quiere que se haga y lo que los gobiernos están dispuestos a aceptar e implementar. Posteriormente, el Tribunal celebró las II audiencias en Lima (Perú) el 5 y 6 de diciembre de 2014 y las III en París (Francia) el 4 y 5 de diciembre de 2015.


Dos años más tarde tuvo lugar la IV Sesión en Bonn (Alemania), el 7 y 8 de noviembre de 2018, donde, por cierto, se juzgó, entre otros casos, el asunto “Almería-Privación de agua” sobre la extracción de agua de los acuíferos de esta provincia andaluza para regar olivos. Tras dos eventos de carácter regional -uno en Santiago de Chile el 5 de diciembre de 2019 y el otro en Europa, en 2021, durante la pandemia del COVID, en defensa de sus ecosistemas acuáticos- la V Sesión se reunió en Glasgow (Escocia, Reino Unido) el 3 y 4 de noviembre de 2021; y, a la hora de redactar esta entrada, el Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza ha concluido ya su octava audiencia local en Valladolid (Yucatán, México) del 9 al 12 de marzo de 2023 a raíz del caso del Tren Maya, un megaproyecto de transporte ferroviario que pone en grave peligro de destrucción a ecosistemas y comunidades mexicana.

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