Básicamente, su contenido representa la síntesis de los valores comunes de los 27 Estados miembros de la UE al reunir en un único documento todos los derechos que, hasta entonces, se repartían en diversos instrumentos normativos, como las legislaciones nacionales y los Convenios internacionales del Consejo de Europa, la ONU y la OIT. De esta forma, la Carta contribuye a desarrollar el concepto de ciudadanía de la Unión así como a crear un espacio de libertad, seguridad y justicia; reforzando la protección de nuestros derechos fundamentales.
La Carta contiene 54 artículos que garantizan los derechos y libertades de los ciudadanos de la UE, bajo seis títulos:
- Dignidad [Dignidad humana, derecho a la vida, derecho a la integridad de la persona, prohibición de la tortura y de las penas o los tratos inhumanos o degradantes, prohibición de la esclavitud y el trabajo forzado];
- Libertad [Derechos a la libertad y a la seguridad, respeto de la vida privada y familiar, protección de los datos de carácter personal, derecho a contraer matrimonio y a fundar una familia, libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, libertad de expresión e información, de reunión y asociación, libertad de las artes y de las ciencias, derecho a la educación, libertad profesional y derecho a trabajar, libertad de empresa, derecho a la propiedad, derecho de asilo, protección en caso de devolución, expulsión y extradición];
- Igualdad [Igualdad ante la ley, no discriminación, diversidad cultural, religiosa y lingüística, igualdad entre hombres y mujeres, derechos del menor, derechos de las personas mayores, integración de las personas discapacitadas];
- Solidaridad [Derecho a la información y a la consulta de los trabajadores en la empresa, derecho de negociación y de acción colectiva, derecho de acceso a los servicios de colocación, protección en caso de despido injustificado, condiciones de trabajo justas y equitativas, prohibición del trabajo infantil y protección de los jóvenes en el trabajo, vida familiar y vida profesional, seguridad social y ayuda social, protección de la salud, acceso a los servicios de interés económico general, protección del medio ambiente, protección de los consumidores];
- Ciudadania [Derecho a ser elector y elegible en las elecciones al Parlamento Europeo y derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales, derecho a una buena administración, derecho de acceso a los documentos, Defensor del Pueblo Europeo, derecho de petición, libertad de circulación y de residencia, protección diplomática y consular]; y
- Justicia [Derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, presunción de inocencia y derechos de la defensa, principios de legalidad y de proporcionalidad de los delitos y las penas, derecho a no ser acusado o condenado penalmente dos veces por el mismo delito].
Para realizar una correcta interpretación de su contenido, el Praesidium de la Convención que la redactó también elaboró unas explicaciones que se publicaron en el DOUE 2007/C 303, de 14 de diciembre.
NB: sobre otras proclamaciones regionales -o subregionales- de los derechos fundamentales también puedes consultar:
- El «Convenio Europeo de Derechos Humanos» [Roma (1950)] y sus posteriores protocolos.
- La Convención Americana sobre Derechos Humanos [San José (1969)].
- La Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos [Banjul (1981)].
- La Declaración de la ASEAN sobre los Derechos Humanos [Phnom Penh (2012)].
- Las declaraciones islámicas de los Derechos Humanos.
- La Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos [Guayaquil (2002)]
- La Declaración Latinoamericana de Derechos Humanos [Ciudad de Panamá (2009)].
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