Estas dos disposiciones de la Eurocámara son tan solo una muestra de la treintena de instrumentos jurídicos en los que las autoridades de Bruselas se refieren a la Red de Institutos Nacionales de Cultura de la Unión Europea [European Union National Institutes for Culture (EUNIC)] que, a pesar de su denominación y salvando las distancias, nos recuerda a lo que también sucede con los creadores de los eurocódigos: el Comité Europeo de Normalización (CEN), el Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) y el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI): irremediablemente se transmite la errónea sensación de que nos encontramos ante una de las múltiples instituciones creadas al servicio del complejo sistema de la Unión Europea… y no es así.
De hecho, su forma jurídica es una asociación internacional sin ánimo de lucro [en francés: Association Internationale Sans But Lucratif (AISBL)] que se regula por sus propia Reglamentación -los vigentes Estatutos se adoptaron el 17 de marzo de 2021- y por lo dispuesto en el Code des sociétés et des associations belges, de 4 de abril de 2019, al establecerse su sede en Bruselas (Art. 1); y, por ese motivo, si surgiera cualquier disputa entre los Miembros y la Asociación relativa a la validez, interpretación, ejecución o presunta violación de los presentes estatutos se someterá exclusivamente ante «cours et tribunaux de Bruxelles (Belgique)» (Art. 32) y no en la Corte de Luxemburgo (TJUE).
Esta Red se creó en 2006 por iniciativa de seis institutos culturales del Viejo Continente: Austrian Ministry of Foreign Affairs, British Council, Danish Cultural Institute, Goethe-Institut, Institut français y SICA (actual DutchCulture); es decir, entidades de Alemania, Austria, Dinamarca, Francia, Países Bajos y Reino Unido pusieron en marcha este proyecto; y, como reconoció el entonces Director del Instituto Cervantes, Víctor García de la Concha, en la reunión de la Asamblea General de EUNIC celebrada en Madrid, el 11 de junio de 2015: (…) Desde su creación en 2006, EUNIC ha sido para las entidades que lo integran (…) un utilísimo foro de debate, de intercambio de experiencias, de colaboración. Si EUNIC nos es útil, es sobre todo porque nos ayuda a todos a conocer mejor el entorno general en que operamos y a adaptarnos a él. Un entorno que ha cambiado y cambia a un ritmo vertiginoso y que presenta inmensas oportunidades y también, claro está, riesgos. Hoy en día, la Red la integran instituciones de 29 naciones: miembros efectivos de los 27 Estados de la Unión Europea y 2 miembros asociados (órganos de Ucrania y Reino Unido). Por parte de España, forman parte de ella el mencionado Instituto Cervantes y la AECID (Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo), en el marco más genérico de la denominada diplomacia cultural.
Los Estatutos de la EUNIC de 2021 contemplan cinco grandes objetivos para la mayor red de centros culturales del mundo (Art. 2): 1) Crear "clúster" entre los Institutos Nacionales de Cultura de la UE que sirvan para mejorar y promover la diversidad cultural y el entendimiento entre los pueblos europeos, así como para fortalecer el diálogo internacional y la cooperación cultural con países que no son miembros de la Unión Europea; 2) Actuar como socio de la Comisión Europea y otras instituciones europeas en la definición e implementación de la política cultural europea; c) Defender los valores vinculados a las relaciones culturales, promoviendo un mejor entendimiento internacional y, en este marco, abogando por una voz fuerte e independiente para el sector cultural; d) Emprender investigaciones conjuntas que serán promovidas por la Comisión Europea y otras organizaciones (como el Consejo de Europa); y e) Compartir las mejores prácticas.
Por último, su organigrama se estructura en una Asamblea General (Arts. 9 y ss.); una Junta Directiva o Consejo de Administración (Arts. 15 y ss.), que incluye a la Presidencia (Art. 17); y una Tesorería (Art. 23).


