lunes, 25 de marzo de 2024

Medioambiente (XLIX): el Tratado «KAZA TFCA»

La idea de establecer un gran área transfronteriza que permitiera vivir en libertad a los animales salvajes del suroeste africano surgió a finales del siglo XX pero no empezó a materializarse hasta el 24 de junio de 2003 cuando los ministros de medioambiente y turismo de Angola, Botsuana, Namibia, Zambia y Zimbabue –cinco de las quince naciones que forman parte de la Comunidad de Desarrollo de África Austral [Southern African Development Community (SADC)]; organización establecida en Windhoek (Namibia) el 17 de agosto de 1992– firmaron un memorándum de entendimiento (MoU) en Katima Mulilo (Namibia) para desarrollar la conservación y gestión sostenible del ecosistema que forman las cuencas hidrográficas de los ríos Okavango y Zambeze en su territorio. Ocho años más tarde, durante la Cumbre que la SADC celebró en Luanda (Angola) el 18 de agosto de 2011, esas cinco naciones firmaron el Tratado que estableció el Área Transfronteriza de Conservación Okavango-Zambeze [Kavango-Zambezi Transfrontier Conservation Area (conocido por su acrónimo anglosajón: KAZA TFCA)].

Este instrumento jurídico creó una nueva organización internacional –la KAZA TFCA; con sede en Kasane (Bostsuana) y personalidad jurídica propia– con el objetivo principal de armonizar las políticas, estrategias y prácticas de estas cinco naciones vecinas en todos los aspectos relacionados con el aprovechamiento de los recursos naturales y el patrimonio cultural de ese gran área transfronteriza que comparten –cerca de 520.000 km² (es decir, más grande que toda España y uno de los hábitats más extensos de todo el planeta que incluye tesoros como las Cataratas Victoria, la Franja de Caprivi o el Delta del Okavango)– para lograr beneficios socioeconómicos equitativos mediante un turismo que respete el desarrollo sostenible, la conservación de la biodiversidad y la protección efectiva del medio ambiente; medidas que, además, han de redundar en la calidad de vida de los pueblos indígenas nativos que deben estar representados en el desarrollo de los objetivos estratégicos del acuerdo.


En cuanto a su marco institucional, el Art. 10 del Tratado contempla cinco órganos: un Comité Ministerial que adoptará sus decisiones por consenso; un Comité de Altos Funcionarios; un Comité Directivo del Proyecto; una Secretaría; y un Comité Nacional en cada Estado parte. Asimismo, el Tratado ha creado un Fondo para desarrollar este nuevo paradigma del conservadurismo que le ha permitido recabar contribuciones de otras naciones (como Alemania, Suiza o Países Bajos), instituciones y ONG de todo el mundo. Finalmente, sus idiomas oficiales son el inglés y el portugués.

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