viernes, 11 de agosto de 2017

El Real Tribunal del Protomedicato

El nº 92 de la Gaceta de Madrid, de 10 de junio de 1820, publicó el Real decreto disponiendo que habrá un tribunal supremo de salud pública bajo el nombre de tribunal del protomedicato, cuya autoridad se extenderá á toda la península é islas adyacentes. Aquella reglamentación fue la última que intentó restablecer su existencia en España antes de que la institución fuera suprimida, definitivamente, por Fernando VII, el 5 de enero de 1822. Su Art. 1 ordenaba el cese de todas aquellas corporaciones que se habían autorizado para egercer las funciones propias de dicho tribunal; en referencia indirecta a las Reales Juntas Facultativas de Medicina, Cirugía y Farmacia –creadas por Carlos III mediante una Real Cédula promulgada el 13 de abril de 1780– con las que el Tribunal mantuvo siempre continuas divergencias a la hora de delimitar sus atribuciones. Para remediarlo, el Art. 2 estableció cuáles eran sus facultades y obligaciones: las mismas que, según las leyes de Castilla, tuvo el del protomedicato hasta eI año de 1780, en que empezaron á variarse sus atribuciones con grave daño de la causa pública. Por último, el Art. 3 dispuso su composición: siete facultativos de acreditada probidad, patriotismo, luces y experiencia, siendo condición precisa que dos de ellos sean profesores de medicina, dos de cirugía, dos de farmacia y uno de química que cobrarían un sueldo de 120 reales anuales.

Tres siglos antes, en 1534, las Cortes de Madrid fijaron la necesidad de depurar los defectos que se habían apreciado en el Ordenamiento de Montalvo, reuniendo todas las disposiciones vigentes en un único volumen. El proyecto –iniciado por el jurista Pedro López de Alcocer– culminó treinta años más tarde con la Nueva Recopilación, interviniendo en el proceso de redacción prestigiosos licenciados como López de Arrieta o Bartolomé de Atienza, el Consejo Real y la Chancillería de Valladolid. El 14 de marzo de 1567 se despachaba la pragmática promulgatoria que sancionaba el carácter oficial de aquella Nueva Recopilación, ordenando Felipe II que se aplicara por todos los tribunales de justicia.


La jurisdicción de los protomédicos examinadores –(…) de los físicos, y cirujanos, y ensalmadores [de huesos dislocados], y boticarios, y especieros, y herbolarios, y otras personas, que en todo, o en parte, usaren de estos oficios (…) así hombres como mujeres, de qualquier ley, estado, preeminencia, y dignidad que sean, para que si los hallaren idóneos y pertenecientes, les den cartas de examen, y aprovacion, y licencia para que usen de los dichos oficios (…)– se reguló en el Título XVI del Libro III de aquella recopilación; en concreto, al margen de su ley primera, como era habitual en aquel entonces, se refieren los precedentes normativos de dicha disposición al citar a: D. Fernando y D. Isabel en Madrid, año 1477, a 30 de março, y en el Real de la Vega, año 1491, y en Alcalá año 1498. Esas son las “leyes de Castilla” a las que se refería el Real Decreto de 1820.

Con esos datos, la opinión generalizada de la doctrina sostiene el carácter fundacional del protomedicato castellano por los Reyes Católicos; pero no puede desconocerse la argumentación contraria que ofrecen quienes consideran que sólo en 1588 con la pragmática de Felipe II puede realmente considerarse fundada la institución [CARRERAS PANCHÓN, A. “El reinado de los Reyes Católicos: hacia una regulación del arte de curar”. En RIERA PALMERO, J. (ed) La Medicina en la época del Tratado de Tordesillas. Salamanca: Sociedad V Centenario del Tratado de Tordesillas, 1995, p. 141].

De una u otra forma, entre la segunda mitad del siglo XV o finales del XVI y comienzos del XIX, el Real Tribunal del Protomedicato fue el tribunal supremo de salud pública, formado por los protomédicos ó examinadores, que reconocían la suficiencia de los que aspiraban á ser médicos y concedía las licencias necesarias para el ejercicio de dicha facultad [ENCICLOPEDIA UNIVERSAL ILUSTRADA. Madrid: Espasa Calpe, 1958, tomo XLVII, p. 1185].

Cuadros: superior: Gaspare Traversi | La operación (1753); inferior: Luis Jiménez Aranda | La visita al hospital (1889).

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