viernes, 3 de septiembre de 2021

La prehistoria de los Derechos Humanos (XIV): la Carta de Neuchatel de 1214

En abril de 1214, el mismo año que se aprobó el original Estatuto de Korčula –y uno antes de que Juan sin Tierra proclamara la Carta Magna de las libertades de Inglaterra– en la comuna suiza de Neuchâtel [término que, etimológicamente, procede del latín Novum Castellum (Castillo Nuevo) y que se pronuncia: /noshatél/] la burguesía local logró que sus señores feudales, Berthold de Neuchâtel, aún menor de edad, y Ulrich III, su tío y tutor, firmaran la Charte des franchises; una carta con las franquicias y deberes de los burgueses y que, ese mismo mes, fuese confirmada por el Obispo de Lausana, también llamado Berthold de Neuchâtel. Con la perspectiva que dan más de ocho siglos de Historia, aquel documento se contempla hoy en día como la verdadera fundación de la Comunidad Urbana de Neuchâtel –aunque los primeros asentamientos se remontaran al siglo XI, en tiempos de Rodolfo III de Borgoña– y, lo más trascendente, supuso el primer reconocimiento tanto de los derechos, prerrogativas y privilegios de sus habitantes como de sus obligaciones, en especial, en materia de justicia y comercio; obteniendo esta nueva posición, dejaron de ser meros convidados de piedra, figurantes serviles, para convertirse en actores sociales, jurídicos y políticos de su propia localidad.

Como señaló esta comuna suiza en 2014, al conmemorar su octavo centenario: Fundamentalmente, las franquicias otorgadas por la Carta no son de naturaleza individual sino colectiva. En ella se enumeran una serie de libertades concedidas no nominativamente a tal o cual beneficiario, sino a todos los miembros de la burguesía que, además, forma una comunidad capaz de autogobernarse. No define los términos pero permite que la comunidad elija a sus líderes y, en cierta medida, la estructura administrativa (*).


La Carta manuscrita permitió a la burguesía local que admitiera nuevos miembros en la comunidad, en función de sus cualidades personales o profesionales. Asimismo, les autorizó a legar sus bienes, al morir, a sus descendientes o ascendientes; a contratar, vender, comprar o pignorar una propiedad; y a organizar un mercado, regulando su tributación –en función de cada oficio–, las medidas y los pesos. Los burgueses debían contribuir a los gastos militares que ocasionaran las guerras y estaban obligados a mantener productivos sus campos abonando a los señores feudales unas contribuciones justas. Por último, este instrumento jurídico también legisló en materia penal (amenazas, lesiones corporales, homicidios, perjurios, fraude, etc.).

Como la obligación perpetua contraída por Berthold de Neuchâtel y su tío Ulrich III comprometía también a sus futuros sucesores en el señorío de la ciudad, cada nuevo soberano fue renovando su compromiso con la Carta, la mayor parte de las veces, a petición de los propios ciudadanos, preocupados por conservar sus libertades; por ejemplo, fueron confirmando las franquicias Jean de Fribourg (en 1424), Rodolphe III (1260) y, ya en el siglo XIV, por citar otros ejemplos, por Louis de Neuchâtel y su hija Isabelle.

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