La coloquial denominación de «Norma de Carreteras 8.3-IC» con la que se conoce a la «Instrucción 8.3-IC» se aprobó por la Orden de 31 de agosto de 1987 sobre señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas en vías fuera de poblado; que derogó la anterior regulación de la Orden de 14 de marzo de 1960.
La función de esta señalización de obras se especifica en sus principios: cuando en la plataforma de una vía o en sus proximidades existan circunstancias relacionadas con la ejecución de obras fijas en dichas zonas y que puedan representar un peligro para la circulación, interfiriendo su normal desarrollo, la señalización de obras tiene por objeto: 1) Informar al usuario de la presencia de las obras.2) Ordenar la circulación en la zona por ellas afectada. 3) Modificar su comportamiento, adaptándolo a la situación no habitual representada por las obras y sus circunstancias específicas. Con ello se pretende conseguir una mayor seguridad, tanto para los usuarios como para los trabajadores de la obra, y limitar el deterioro del nivel de servicio de la vía afectada.
A continuación, el legislador añadió que como: (…) no resulta posible establecer recetas de universal aplicación, sino que cada caso particular tiene una solución propia y distinta, según las circunstancias en él concurrentes, que en el caso de una obra fija fuera de poblado pueden resumirse en [y enumera dichas circunstancias]: 1) Tipo de vía: calzada única de doble sentido de circulación con solo dos carriles, con carriles adicionales o con cuatro carriles sin mediana ni separador; calzadas separadas con dos o tres carriles cada una. 2) Intensidad y velocidad normal de la circulación antes y a lo largo de la zona que ocuparan las obras, en ausencia de estas. 3) Visibilidad disponible antes y a lo largo de la zona de obras. 4) Importancia de la ocupación de la plataforma: fuera de ella, en el arcén, en la calzada, sin o con cierre de uno o más carriles, o cierre total. 5) Duración de la ocupación, con especial referencia a la permanencia durante la noche o a lo largo de un fin de semana. Y 6) Peligrosidad que reviste la presencia de la obra en caso de que un vehículo invada la zona a ella reservada.
En la práctica, esta regulación significa, por ejemplo, que en el cierre de un carril a la circulación -como en la imagen superior- se debe definir un borde mediante un balizamiento compuesto por una serie de conos con una separación comprendida entre 5 y 10 metros de manera que resulte uniforme; acompañados de paneles y -si el cierre del carril abarca horas nocturnas o de reducida visibilidad (por ejemplo por niebla o por estar en un túnel)- los paneles deberán complementarse con elementos luminosos intermitentes, colocados sobre la esquina superior del panel más próxima a la circulación.
Más info: la señalización urbana tipo AIMPE.


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