viernes, 8 de febrero de 2013

Las 100 Reglas de Brasilia

Durante la celebración de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana –que se reunió en la capital brasileña del 4 al 6 de marzo de 2008– se consideró necesario elaborar unas Reglas Básicas relativas al acceso a la justicia de las personas que se encuentran en condición de vulnerabilidad, que desarrollaran los principios recogidos en la Carta de Derechos de las Personas ante la Justicia en el Espacio Judicial Iberoamericano [Cancún (México), 2002] pero sin limitarse a establecer unas bases de reflexión sobre estos problemas sino recogiendo recomendaciones para los órganos públicos y para quienes prestan sus servicios en el sistema judicial. De este modo, se aprobaron 100 reglas con el objetivo de garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan a dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial.

Lógicamente, la primera regla delimita el concepto de quiénes son las personas que se encuentran en condición de vulnerabilidad: aquéllas que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico. De forma que pueden constituir causas de vulnerabilidad, entre otras, las siguientes: la edad, la discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas o a minorías, la victimización, la migración y el desplazamiento interno, la pobreza, el género y la privación de libertad. A continuación, se reconoce un margen de apreciación a los Estados para determinar, concretamente, qué personas se encuentran en esta condición, en función de sus características específicas, o incluso de su nivel de desarrollo social y económico.

Después de establecer su finalidad y de definir a sus destinatarios, los siguientes capítulos contienen una serie de reglas aplicables a las personas vulnerables que han de acceder o han accedido a la justicia, como parte del proceso, para la defensa de sus derechos; las directrices que se aplicarán cuando participen en un acto judicial –ya sea como parte que ejercita una acción o que defiende su derecho frente a una acción, ya sea en calidad de testigo, víctima o en cualquier otra condición– y, finalmente, una serie de medidas destinadas a fomentar la efectividad de estas reglas, mediante la aplicación de principios como la colaboración, la cooperación internacional (creando espacios que sirvan para intercambiar experiencias), investigación y estudios, sensibilización y formación de profesionales, utilización de nuevas tecnologías, etc.

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