viernes, 20 de mayo de 2016

La protección jurídica de los bienes culturales en caso de conflicto armado (ejemplo)

Indochina es la habitual denominación con la que se conoce a las antiguas colonias francesas que el Gobierno de París administró en el Sudeste Asiático desde mediados del siglo XIX hasta poco después de que finalizara la II Guerra Mundial, en el territorio conformado por Laos, Camboya y las regiones de Cochinchina, Annam y Tonkín (que, hoy en día, forman parte de Vietnam). En aquel tiempo, sus límites occidentales con el vecino Reino de Siam (actual Tailandia) se establecieron –de forma genérica– en el Tratado de 13 de febrero de 1904 donde los representantes franceses y siameses acordaron delimitar la línea exacta mediante una Comisión Mixta que recorriera la cordillera de Dangrek. Como resultado, tres años más tarde, el 23 de marzo de 1907, Francia y Siam concertaron un nuevo acuerdo sobre sus límites divisorios siguiendo la frontera levantada por los topógrafos y, ese mismo año, Bangkok –que no disponía de medios técnicos adecuados– pidió a un grupo de funcionarios franceses que trazase los mapas de la región fronteriza. A lo largo de todo este proceso, el templo de Preah Vihear siempre apareció representado en el lado camboyano.

Durante el siglo XX, Tailandia parece que dio por válida aquella demarcación (aquiescencia) porque, cuando pudo plantear su punto de vista sobre la cuestión en diversas negociaciones de arreglo de fronteras llevadas a cabo en 1925, 1937 y 1947 y reivindicar su soberanía sobre el cerro donde se asienta el templo, no lo hizo; hasta que mostró su disconformidad en 1958 y la disputa territorial acabó resolviéndose ante la Corte Internacional de Justicia, en el Caso relativo al Templo de Preah Vihear, que el órgano judicial de Naciones Unidas falló el 15 de junio de 1962, apoyando las conclusiones de Camboya.

Según la UNESCO –que incluyó este bien en su lista del patrimonio cultural mundial en 2008– los edificios que componen este santuario dedicado a Shiva están situados en el extremo de una meseta que domina la llanura de Camboya. El templo (…) data de la primera mitad del siglo XI a. de C. Sin embargo, su compleja historia se remonta a la creación de una comunidad de eremitas en el siglo IX. El sitio se ha conservado prácticamente en su estado original, debido en gran medida a su situación apartada, cerca de Tailandia (…) es excepcional por la calidad de su arquitectura, adaptada al medio ambiente natural y a la función religiosa del templo, así como por la calidad de sus ornamentaciones de piedra tallada.

Templo de Preah Vihear (Camboya)

Con el cambio de siglo, a comienzos de 2011, Camboya y Tailandia reanudaron sus enfrentamientos esporádicos pero recurrentes en el entorno del templo, fallecieron veinte personas y los proyectiles dañaron aquellos edificios de 3.000 años de antigüedad. El 17 de febrero de ese año, el Parlamento Europeo aprobó una resolución para recordar a los dos países que la comunidad internacional tiene una responsabilidad especial sobre la conservación de los monumentos de la lista del patrimonio cultural mundial de la UNESCO; y pedirles garantías de que sus acciones no violarán (…) la Convención de La Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado –firmada tanto por Tailandia como por Camboya– que prohíbe todo uso de propiedades culturales situadas en su propio territorio, o en el territorio de las otras altas partes contratantes, que pueda exponer dichas propiedades culturales a la destrucción o daños en caso de conflicto armado, y que se evitará todo acto hostil dirigido contra dichas propiedades. Cinco meses más tarde, La Corte Internacional de Justicia ordenó a los dos reinos que retirasen sus Fuerzas Armadas del área alrededor del templo, instándoles a reanudar las negociaciones para poner fin al conflicto.

Desafortunadamente, el caso de Preah Vihear es tan solo uno más de los bienes culturales que han sufrido daños en los últimos años; recordemos que los talibanes afganos dinamitaron los Budas de Bamiyán, en 2001; o que el autoproclamado Estado Islámico destruyó, en mayor o menor medida, entre otros, los yacimientos arqueológicos de Hatra o Nimrud (en Iraq) o Palmira (Siria), en 2015.

La protección de los bienes culturales durante un conflicto armado se basa, según la Convención de La Haya de 1954 –el principal instrumento internacional en este ámbito–, en el principio de que cualquier daño supone un menoscabo al patrimonio cultural de toda la humanidad. Para su salvaguarda, el Art. 5 del II Protocolo de aquel tratado, de 26 de marzo de 1999, dispone cuatro medidas concretas que deben tomarse en tiempo de paz en contra de los previsibles efectos de un enfrentamiento armado: la preparación de inventarios, la planificación de medidas de emergencia para la protección contra incendios o el derrumbamiento de estructuras, la preparación del traslado de bienes culturales muebles o el suministro de una protección adecuada in situ de esos bienes, y la designación de autoridades competentes que se responsabilicen de la salvaguardia de los bienes culturales.

Asimismo, su Art. 29 creó un Fondo para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado con el que reconstruirlos, inmediatamente al fin de las hostilidades, gracias a los recursos que se obtendrán, inter alia, de las contribuciones voluntarias de los Estados, la UNESCO -que, desde 2012, viene alentando a los Estados para que aporten al Fondo una contribución anual de hasta un 1% de su contribución al Presupuesto Ordinario de la organización- y donaciones o legados aportados por otros organismos públicos o privados.

NB: el 27 de septiembre de 2016, por primera vez en la historia, la Corte Penal Internacional condenó a una persona, Ahmad Al Faqi Al Mahdi, a nueves años de reclusión por haber cometido un crimen de guerra, destruyendo edificios históricos y religiosos de Tombuctú (Malí), en 2012.

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