miércoles, 17 de marzo de 2021

El hito de la fecha del nacimiento de Picasso

El Real Decreto 410/1995, de 17 de marzo, reordenó las colecciones estables del Museo Nacional del Prado y del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía». El problema surgió cuando el Art. 3 del Real Decreto 535/1988, de 27 de mayo, configuró el «Centro de Arte Reina Sofía» como Museo Nacional, atribuyéndole como fondos iniciales la colección del Museo Español de Arte Contemporáneo y las obras adquiridas por la Administración del Estado con la asistencia de la Comisión Asesora del «Centro de Arte Reina Sofía»; asimismo, dicho precepto estableció que la colección de arte del siglo XX del Museo Nacional del Prado podrá ser depositada en el Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía» o asignada al mismo, previo acuerdo de los Reales Patronatos de ambas Instituciones.

Esta situación dio lugar a que, a finales de los años 80 y comienzos de los 90, los fondos pertenecientes a ambos museos madrileños “chocaran” por las coincidencias y solapamientos de las tendencias artísticas del siglo XIX y el período inicial de las vanguardias. Para evitarlo, se consideró necesario fijar un criterio general objetivo que obviase explicables dificultades inherentes a una actividad clasificadora sustentada en criterios estéticos e históricos susceptibles de diversas interpretaciones subjetivas. Al efecto, se creó una comisión para el estudio de dicha reordenación que eligió como hito determinante de la asignación de obras a uno u otro museo la fecha del nacimiento de Pablo Ruiz Picasso, cuya obra, por su reconocida genialidad y su trascendencia más allá de lo puramente estético, pueda servir para determinar el antes y después de la evolución artística en los dos últimos siglos. No obstante, dicho criterio general queda atemperado, asimismo, de conformidad con el informe de la Comisión, con la posibilidad de introducir sobre el mismo aquellas excepciones que aconseje la complejidad de la creación artística del período considerado.


Como consecuencia, el mencionado Real Decreto 410/1995 dispuso que: Se asignan al Museo Nacional del Prado las obras de artistas nacidos antes del año 1881 (Art. 2); y Se asignan al Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía» las obras de artistas nacidos a partir del año 1881 (Art. 3). Aún así, a continuación, el Art. 4 contempló las excepciones a los criterios generales de asignación: Como excepción a las reglas establecidas en los dos artículos precedentes, las obras de los artistas relacionados en el anexo de este Real Decreto, nacidos antes de 1881, [de Anglada Camarasa a Zuloaga] se asignan al Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía» integrándose en su colección estable, en atención a las especiales características que en ellas concurren. Y se creó una Comisión Mixta de los Museos Nacionales del Prado y «Centro de Arte Reina Sofía» que informará a los Reales Patronatos y Directores de ambos museos sobre la integración en las colecciones estables de una u otra de dichas pinacotecas de las obras que se adquieran en lo sucesivo correspondientes a artistas nacidos entre los años 1850 y 1880, ambos inclusive (Art. 5).

Por último, recordemos que la Gaceta de Madrid, nº 264, de 20 de septiembre de 1936, publicó el Decreto nombrando Director del Museo del Prado a don Pablo Picasso Ruiz, de acuerdo con el Consejo de Ministros presidido por Manuel Azaña y a propuesta del Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, Jesús Hernández Tomás. Cinco días más tarde se rectificó el orden de sus apellidos: Ruiz Picasso; pero, con la Guerra Civil, nunca llegó a tomar posesión de su cargo.

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