viernes, 16 de mayo de 2014

Medioambiente (XXIII): la iniciativa 20-20-20

Con el compromiso de aumentar la eficiencia energética antes del 2020, la Unión Europea se planteó el objetivo de reducir el consumo de energía primaria un 20%, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero otro 20% y elevar la contribución de las energías renovables al 20% del consumo; de ahí que esta iniciativa se denomine 20-20-20. Según la Comunicación de la Comisión COM/2008/0772, de 13 de noviembre: tanto el objetivo de las emisiones de gases de efecto invernadero como el de las energías renovables implican mejoras de la eficiencia energética y, a la inversa, una actuación ambiciosa en el campo de la eficiencia energética facilitará en gran medida el logro de los objetivos europeos sobre el clima, sobre todo en el marco de la Decisión sobre el esfuerzo compartido. Cuatro años más tarde, la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, confirmó las conclusiones del Consejo Europeo de 17 de junio de 2010 al señalar que ese objetivo de eficiencia energética es uno de los objetivos principales de la nueva estrategia de la Unión para el empleo y el crecimiento inteligente, sostenible e integrador («Estrategia Europa 2020»). Dentro de este proceso y para cumplir este objetivo a nivel nacional, los Estados miembros están obligados a establecer objetivos nacionales en estrecho diálogo con la Comisión y a indicar en sus programas de reforma nacionales de qué manera piensan alcanzarlos.

En el caso español, esta iniciativa europea se menciona, por el momento, en dos únicas disposiciones y en cada una con una denominación distinta: 1) El preámbulo de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas establece que La Unión Europea ha establecido una serie de objetivos en el Paquete 20-20-20 «Energía y Cambio Climático», que establece, para los 27 países miembros, dos objetivos obligatorios: la reducción del 20% de las emisiones de gases de efecto invernadero y la elevación de la contribución de las energías renovables al 20% del consumo, junto a un objetivo indicativo, de mejorar la eficiencia energética en un 20%. Estos objetivos europeos se traducen en objetivos nacionales y esta Ley contribuye, sin duda, al cumplimiento de los mismos, a través de las medidas de rehabilitación que permitirán reducir los consumos de energía, que promoverán energías limpias y que, por efecto de las medidas anteriores, reducirán las emisiones de gases de efecto invernadero del sector; y 2) la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, que actualizó el Documento Básico DB-HE "Ahorro de Energía" del Código Técnico de la Edificación, señala que el control de su consumo de energía y la mayor utilización de la energía procedente de fuentes renovables, junto con el ahorro energético y una mayor eficiencia energética, constituyen parte importante de las medidas necesarias para cumplir tanto los objetivos nacionales como los compromisos comunitarios, tales como el paquete de medidas sobre energía y cambio climático, que configuran el denominado objetivo 20-20-20.

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