lunes, 7 de noviembre de 2022

Medioambiente (XLIV): los Convenios Internacionales de las Maderas Tropicales

Desde los años 80, la comunidad internacional ha venido aprobando en Ginebra (Suiza) tres convenios internacionales con el fin de establecer el marco de cooperacion entre los miembros productores de maderas tropicales y los miembros consumidores y buscar soluciones a los problemas con los que tropieza la economia de estas especies no coniferas que crecen o se producen en los paises situados entre el Trópico de Cáncer y el Trópico de Capricornio. El primero de ellos fue el Convenio Internacional de las Maderas Tropicales (1983), hecho el 18 de noviembre de 1983. Su Art. 3 estableció la creación de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT) [International Tropical Timber Organization (ITTO)], con sede en Yokohama (Japón), para aplicar las disposiciones y supervisar el funcionamiento del presente convenio (Art. 3); funcionando, continúa este mismo precepto, por intermedio del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales, establecido conforme al Art. 6, de los Comités y otros órganos subsidiarios a que se refiere el Art. 24 y el Director Ejecutivo y el personal.

Una década más tarde –y tras reconocer la labor realizada por la Organización Internacional de las Maderas Tropicales y los logros alcanzados desde sus comienzos, incluida una estrategia para lograr que el comercio internacional de las maderas tropicales provenga de recursos forestales ordenados de forma sostenible– los gobiernos de 19 países productores y de 17 países consumidores, además de una organización intergubernamental (en aquel momento, la Comunidad Europea) firmaron el Convenio Internacional de las Maderas Tropicales (1994) hecho en Ginebra, el 26 de enero de 1994, para consolidar el marco de cooperación internacional y adoptar una perspectiva global para mejorar la transparencia del mercado internacional de las maderas; que sucedió al anterior de 1983 (Art. 38).

Con el cambio de siglo, al Convenio (1994) lo sucedió el vigente Convenio Internacional de las Maderas Tropicales hecho en Ginebra el 27 de enero de 2006, con el objetivo de promover la expansión y diversificación del comercio internacional de maderas tropicales de bosques ordenados de forma sostenible y aprovechados legalmente y promover la ordenación sostenible de los bosques productores de maderas tropicales (Art. 1). A los efectos del presente acuerdo, la actual definición de “madera tropical” se refiere a las maderas tropicales para usos industriales que tienen origen o se producen en los países situados entre el trópico de Cáncer y el trópico de Capricornio. La expresión incluyen los troncos, las tablas, las chapas y la madera contrachapada.

Actualmente, la OIMT –que cuenta con 36 miembros productores y 38 consumidores– se define como: una organización intergubernamental que promueve la conservación y la ordenación sostenible de los bosques tropicales y la expansión y diversificación del comercio internacional de maderas tropicales de bosques manejados de forma sostenible y aprovechados legalmente. Orientada a la práctica, esta organización: 1) Elabora documentos normativos acordados a nivel internacional para promover la ordenación forestal sostenible y la industria y el comercio sostenibles de maderas tropicales; 2) Presta ayuda a los países miembros tropicales a fin de permitirles adaptar estas normativas a las circunstancias locales para llevarlas a la práctica a través de proyectos y actividades; 3) Recopila, analiza y distribuye datos sobre la producción y el comercio de maderas tropicales; 4) Promueve cadenas de suministro de madera tropical de origen sostenible; y 5) Ayuda a desarrollar capacidades en materia de silvicultura tropical.

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