viernes, 3 de noviembre de 2017

Los actos legislativos, delegados y de ejecución de la Unión Europea

El Art. 288 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) dispone que: Para ejercer las competencias de la Unión, las instituciones adoptarán reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes. Esos son sus actos jurídicos. A continuación, el Art. 289 TFUE establece que el procedimiento legislativo ordinario consiste en la adopción conjunta por el Parlamento Europeo y el Consejo, a propuesta de la Comisión, de un reglamento, una directiva o una decisión (…). En los casos específicos previstos por los Tratados, la adopción de un reglamento, una directiva o una decisión, bien por el Parlamento Europeo con la participación del Consejo, bien por el Consejo con la participación del Parlamento Europeo, constituirá un procedimiento legislativo especial. Ya sea por uno u otro procedimiento –ordinario o especial– como estos actos jurídicos emanan de la autoridad legisladora de la Unión Europea, los actos jurídicos que se adopten mediante procedimiento legislativo constituirán actos legislativos (Art. 289.3 TFUE).

Junto a estos actos jurídicos adoptados con arreglo a un procedimiento legislativo [actos legislativos], podemos encontrarnos con otros actos [jurídicos] no legislativos de alcance general que completan o modifican determinados elementos no esenciales de un acto legislativo [los llamados actos delegados: Un acto legislativo podrá delegar en la Comisión los poderes para adoptar actos no legislativos de alcance general que completen o modifiquen determinados elementos no esenciales del acto legislativo (Art. 290.1 TFUE)] y con actos de ejecución adoptados generalmente por la Comisión, competente para ello –como afirma el Parlamento Europeo [1] – en el caso de los actos jurídicamente vinculantes que requieren condiciones uniformes de ejecución [Los Estados miembros adoptarán todas las medidas de Derecho interno necesarias para la ejecución de los actos jurídicamente vinculantes de la Unión. Cuando se requieran condiciones uniformes de ejecución de los actos jurídicamente vinculantes de la Unión, éstos conferirán competencias de ejecución a la Comisión o, en casos específicos debidamente justificados y en los previstos en los artículos 24 y 26 del Tratado de la Unión Europea, al Consejo. A efectos del apartado 2, el Parlamento Europeo y el Consejo establecerán previamente, mediante reglamentos adoptados con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, las normas y principios generales relativos a las modalidades de control, por parte de los Estados miembros, del ejercicio de las competencias de ejecución por la Comisión (Art. 291 TFUE)].

Es decir, en la jerarquía de las normas de Derecho derivado de la Unión Europea nos encontraremos con actos jurídicos que, como su propio nombre ha de indicar, pueden ser legislativos, delegados o de ejecución. Veamos varios ejemplos:
  1. Actos legislativos: Reglamento (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2017, sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro; Directiva (UE) 2017/164 de la Comisión, de 31 de enero de 2017, por la que se establece una cuarta lista de valores límite de exposición profesional indicativos; y Decisión (UE) 2017/684 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2017, por la que se establece un mecanismo de intercambio de información con respecto a los acuerdos intergubernamentales.
  2. Actos delegados: Reglamento Delegado (UE) 2017/653 de la Comisión, de 8 de marzo de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo; Directiva Delegada (UE) 2017/593 de la Comisión, de 7 de abril de 2016, por la que se complementa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo; y Decisión Delegada (UE) 2016/790 de la Comisión, de 13 de enero de 2016 que modifica el anexo V de la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
  3. Actos de ejecución: Reglamento de Ejecución (UE) 2017/805 de la Comisión, de 11 de mayo de 2017, por el que se renueva la aprobación de la sustancia activa flazasulfurón; Directiva de Ejecución (UE) 2016/1914, de la Comisión, de 31 de octubre de 2016, que modifica las Directivas 2003/90/CE y 2003/91/CE; y Decisión de Ejecución (UE) 2017/302 de la Comisión de 15 de febrero de 2017 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

4 comentarios:

  1. Hola!!
    En el ejemplo que pones en Actos legislativos, escribes "Directiva de la comisiòn", yo creìa que los actos legislativos eran o bien el Parlamento conjuntamente con el Consejo (ordinario), o el Parlamento o Consejo (especial),pero no sé porque en este caso lo adopta solo la comisión

    Un saludo

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    1. Hola, buenos días. Gracias por escribirme.

      Tienes razón y es poco muy habitual que la propia Comisión adopte una directiva pero no es imposible. A tenor de lo dispuesto en el Art. 288 TFUE ("Para ejercer las competencias de la Unión, las instituciones adoptarán reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes") verás que ese Tratado habla de forma genérica de "instituciones" y esa sería la puerta que abriría la posibilidad de que la Comisión, excepcionalmente, también apruebe alguna directiva (suele ser para puntualizar otra que sí que siguió el procedimiento legislativo habitual). Un cordial saludo.

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  2. Muchas gracias por la claridad de la respuesta y por la rapidez...quería hacerte otra pregunta (si no es mucha la molestia); la delegación más o menos la capto, que vendría siendo más o menos que la comisión dicta actos complementarios a los dictados por el procedimiento ordinario, pero lo de la Ejecución si que no lo entiendo, por ejemplo en una directiva que se dicta por el procedimiento ordinariole corresponde luego a los Estados miembros trasponerla a través de su ordenamiento jurídico, entonces no sé para que sirve la ejecución no legislativa...ya que entiendo que el que tiene que ejecutar la directiva es el Estado miembro
    Lo mismo con el Reglamento, que es de aplicabilidad directa en los Estados miembros...no sé la verdad para que sirve o qué es la figura de la ejecución.

    Un saludo y gracias

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    1. Hola, buenos días: yo diría que los actos de ejecución lo que buscan es que todos los Estados miembro apliquen el Derecho de la Unión Europea de forma homogénea cuando un instrumento jurídico se aprobó, pasó el tiempo y necesita "pulirse" para adaptarse a los nuevos tiempos. Así se va verificando que su aplicación es uniforme en toda la UE y que se adecua a las nuevas circunstancias; por ejemplo, el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/805 de la Comisión, de 11 de mayo de 2017, renovó la aprobación de una sustancia activa (el flazasulfurón). Supongo que a la UE le resulta más sencillo modificar así un acto legislativo previo que se mantiene en vigor y se le da un lavado de cara. Pasa buen fin de semana. Gracias

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