lunes, 23 de agosto de 2021

La Federación de la Paz y la Constitución Cosmopolita, según Kant

En 1693, el terrateniente inglés William Penn (1644-1718) escribió su obra “Un ensayo para la presente y futura paz de Europa. A través del establecimiento de una Dieta, Parlamento o Estado Europeo” [An Essay towards the present and future Peace of Europe by the establishment of an European Dyet, Parliament or Estates] con su reflexión para resolver lo que él mismo no dudó en calificar como “quejumbroso Estado de Europa” mediante “un proyecto de paz y felicidad para esta parte del mundo”. No fue el primer ilustrado que se planteó la necesidad de que existiera una organización o institución paneuropea en la que estuvieran representados los distintos Estados para evitar que estallaran conflictos entre ellos. Antes, en 1607, el noble francés Maximilien de Béthune, Duque de Sully (1559-1641) ya había propuesto su Projet de confédération européenne; idea en la que continuó trabajando las siguientes décadas para crear una “República Cristiana” en el Viejo Continente que tan solo excluyó a Rusia y Turquía. Después de ambos autores –y de otros pioneros menos conocidos como los franceses Émeric Crucé (1590–1648) o Charles-Irénée Castel de Saint-Pierre, abad de Saint-Pierre (1658-1743)– es cuando apareció el pequeño opúsculo de Kant titulado “Sobre la paz perpetua” [Zum ewigen Frieden. Ein philosophischer Entwurf] publicado en 1795, y digno heredero de todos los que le precedieron pero con una visión que excedía las fronteras europeas para ofrecer un planteamiento, como él afirmaba, cosmopolita.

El filósofo prusiano Immanuel Kant (1724-1804) nació en la antigua ciudad de Königsberg (Prusia Oriental) que actualmente es la capital del enclave ruso de Kaliningrado, situado entre Polonia y Lituania. Estudió filosofía, matemáticas y ciencias naturales en la Universidad de Königsberg, donde enseñó filosofía a partir de 1755. Sus obras “Crítica de la razón pura” (1781), “Crítica de la razón práctica” (1788) y “Crítica del juicio” (1790) dieron un giro copernicano a la reflexión filosófica. Su filosofía política se enmarca dentro de su filosofía de la historia (“Idea de una historia universal en sentido cosmopolita”, 1784) y como continuación inmediata de su crítica de la razón práctica:la libertad, postulado básico de su ética, es el punto de partida de su filosofía política. En este campo, además de “Sobre la paz perpetua”, las obras más relevantes son: “La metafísica de las costumbres” (1797) y el ensayo “Sobre la relación entre teoría y práctica” (1793) [1].



A los 71 años, Kant escribió este breve ensayo filosófico sobre la paz perpetua animado porque aquel año, 1795, resultó muy significativo para el fin de las guerras que asolaban Europa al haberse firmado diversos tratados de paz en Basilea (Suiza): el 5 de abril entre Francia y Prusia; el 22 de julio, entre Francia y España; y el 28 de agosto, entre las autoridades de París y el estado alemán de Hesse-Kassel.

Su opúsculo –que se estructura en dos secciones: una con los artículos preliminares y otra con los definitivos para la paz perpetua y dos apéndices– aboga por que: (…) tiene que existir, por tanto, una federación de tipo especial a la que se puede llamar la federación de la paz (foedus pacificum), que se distinguiría del pacto de paz (pactum pacis) en que éste buscaría acabar con una guerra, mientras que aquélla buscaría terminar con todas las guerras para siempre. Esta federación no se propone recabar ningún poder del Estado sino mantener y garantizar solamente la libertad de un Estado para sí mismo y, simultáneamente, la de otros Estados federados, sin que éstos deban por esta razón (como los hombres en estado de naturaleza) someterse a leyes públicas y a su coacción. Es posible representarse la posibilidad de llevar a cabo esta idea (realidad objetiva) de la federación (Föderalität), que debe extenderse paulatinamente a todos los Estados, conduciendo así a la paz perpetua.

Entre otras propuestas, Kant defendió que el sistema representativo era el único en el que es posible un modo de gobierno republicano y sin el cual el gobierno es despótico y violento. El republicanismo se concibe, en su opinión, como el principio político de la separación del poder ejecutivo (gobierno) del legislativo [un poder supremo legislativo, ejecutivo (regierende Gewalt) y judicial (richtende Gewalt) que dirima nuestros conflictos pacíficamente]; el despotismo es el principio de la ejecución arbitraria por el Estado de leyes que él mismo se ha dado, con lo que la voluntad pública es manejada por el gobernante como su voluntad particular. Asimismo, defendió que los ejércitos permanentes fueran desapareciendo totalmente con el tiempo; o que ningún Estado independiente (grande o pequeño) pudiera ser adquirido por otro mediante herencia, permuta, compra o donación; que tampoco deben inmiscuirse por la fuerza en los gobiernos de otras naciones; y concluyó afirmando el derecho de un extranjero a no ser tratado hostilmente por el hecho de haber llegado al territorio de otro. Este puede rechazar al extranjero, si se puede realizar sin la ruina de éste, pero mientras el extranjero se comporte amistosamente en su puesto no puede el otro combatirlo hostilmente. No hay ningún derecho de huésped en el que pueda basarse esta exigencia (para esto sería preciso un contrato especialmente generoso, por el que se le hiciera huésped por cierto tiempo) sino un derecho de visita, derecho a presentarse a la sociedad, que tienen todos los hombres (…). Se trata de un derecho cosmopolita; concepto al que vuelve a referirse al señalar que de esta manera, pueden establecer relaciones pacíficas partes alejadas del mundo, relaciones que se convertirán finalmente en legales y públicas, pudiendo así aproximar al género humano a una constitución cosmopolita.

NB: cuando Kant y otros autores de la Ilustración se refieren al término “República” debemos entenderlo en el sentido de “Estado” en contraposición al despotismo del Antiguo Régimen donde había súbditos en lugar de verdaderos ciudadanos.

Cita: [1] Las referencias bibliográficas se han extraido de: KANT, I. Sobre la paz perpetua. Madrid: Tecnos, 6ª ed., 1998.

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