
Como ha señalado el profesor Nogales Rincón: La adopción del luto con motivo de la muerte regia –al que se uniría, al menos, a fines de la Edad Media, la prohibición de portar, durante el período de duelo, colores que connotaran alegría– constituía una de las expresiones de la lealtad al monarca en tanto que muestra del sentimiento por el fallecimiento del rey [1]. Asimismo, desde 1502, el negro se presentó de manera exclusiva como color del luto, consolidando un simbolismo antiguo en el ámbito castellano. Al mismo tiempo, el color negro inició a partir de las décadas centrales del siglo XV, fruto de la llegada de las modas del norte de Europa, una importante promoción como expresión de la magnificencia cortesana, en una dirección que insistía de forma simultánea en las ideas de humildad y autoridad [2].
En opinión del Dr. Vallejo-Nágera puede afirmarse que doña Juana fue casi la que estrenó esa nueva vinculación sentimental del negro, impuesta poco antes por sus padres los Reyes Católicos [3].
La norma que estableció este color para el duelo fue la denominada “Pragmática de luto y cera” que se adoptó en Madrid el 10 de enero de 1502, tras la muerte del heredero, el infante Juan de Castilla. Su objetivo era que las exequias funerarias resultaran más austeras y recatadas, detallando lo que se podía traer y gastar por los difuntos; prohibiendo las plañideras (que no se hagan llantos por los defuntos) y disponiendo que se guarden y cumplan las últimas voluntades de los fallecidos en cuanto a las misas, memorias, limosnas y lo demás que toca al servicio de Dios. El texto de la pragmática -que el Diccionario del Español Jurídico define como la disposición dada por el rey en virtud de su poder legislativo- concluye con la imposición de una pena de 10.000 maravedíes para los que fueren o vinieren contra lo contenido en ella.
Citas: [1] NOGALES RINCÓN, D. “Duelo, luto y comunicación política en la Castilla Trastámara”. Edad media. Revista de Historia, nº 17, 2016, pp. 343 y 344. [2] NOGALES RINCÓN, D. “El color negro: luto y magnificencia en la Corona de Castilla (siglos XIII-XV)”. Medievalismo, nº 26, 2016, p. 223. [3] VALLEJO-NÁGERA, J. A. Locos egregios. Madrid: Dossat, 17ª ed., 1986, pp. 60 y 61.
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