miércoles, 14 de octubre de 2020

El borrador de Constitución de la «Free Republic of Liberland»

Con el lema “Vive y deja vivir” [To live and let live], el 13 de abril de 2015, el político y activista libertario checo Vít Jedlička y su novia, Jana Markovicova, proclamaron la República Libre de Liberland en un pequeño territorio boscoso de 7 km² –por tener una referencia para compararlo, poco más que Gibraltar– llamado Gornja Siga; situado en la ribera del río Danubio en el actual límite fronterizo entre Croacia (la localidad más próxima es Zmajevac) y Serbia (cerca de Bački Monoštor) y que, según sus promotores, constituye una terra nullius (es decir, un territorio sin dueño o tierra de nadie que, en su opinión, quedó al margen de la soberanía de los países vecinos cuando estallaron las guerras de los Balcanes y se desintegró Yugoslavia). Recordemos que, en 1933, la jurisprudencia de la antigua Corte Permanente de Justicia Internacional ya había señalado al respecto de esta doctrina que la condición previa para la adquisición válida de la soberanía mediante la ocupación de un territorio es que no exista soberano alguno en el mismo cuando se produzca el acto de la ocupación [Legal Status of Eastern Greenland (Denmark. v. Norway)]. Esa sería la “base legal” argumentada por los promotores liberlandeses para justificar su ocupación de aquella ribera fluvial donde no vive nadie de manera permanente.

Aun así, esta “micronación” centroeuropea ya cuenta con un borrador de ley fundamental inspirado en la Constitución de los Estados Unidos: We, the Citizens of the Free Republic of Liberland, in order to secure Life, Liberty and Property, for ourselves and future generations, do ordain and establish the Constitution of the Free Republic of Liberland, attempting a harmonious consensus for the benefit of all those willing to assume responsibility over the course of their lives. Being aware of a long and shameful list of governments’ trespasses to the Rights of the sovereign Individuals, we hereby declare that the Public Administration governing the Free Republic of Liberland shall first and foremost respect the Bill of Rights and exercise only such functions as have been delegated to it under this Constitution. La “Carta Magna” liberlandesa se estructura en cuatro grandes capítulos (Principios fundamentales, Instituciones políticas, Carta de Derechos y Disposiciones finales) subdivididos en un total de 18 artículos. A grandes rasgos, la “supreme law” de Liberland dispone que el Poder Legislativo recae sobre un sistema bicameral (the Assembly of the Free Republic of Liberland y the Council of the Free Republic of Liberland); un Poder Ejecutivo presidido por su Canciller (Jefe de Estado) y un gabinete integrado por cinco ministros (Justicia, Interior, Seguridad, Asuntos Exteriores y Tesoro); y un Poder Judicial que en los asuntos penales juzgará con jurado y dictará un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad. Finalmente, la “Bill of Rights” proclama los habituales derechos civiles, la libertad de expresión, la defensa de la propiedad privada, el derecho a un juicio justo, la libertad de movimiento o la iguldad.

Liberland se une así al extenso listado de “micronaciones” como el Principado de Sealand (Mar del Norte), la República de Molossia (Nevada | EE.UU.), el Gran Ducado de Westarctica (Antártida Occidental), el Principado de Pontiña (Madeira | Portugal) o la República Senatorial de Timeria (Murcia | España) porque existen decenas de micronaciones no reconocidas (…) cada una con su sistema legislativo y financiero, sus símbolos e himnos [FERNÁNDEZ MAÍLLO, A. Proyecto Nocilla. Madrid: Alfaguara, 2013, p. 39].

Bandera de Westarctica
Bandera de Sealand

En este último caso, el periodista Ian Urbina narra su curioso origen: (...) La Nochebuena de 1966, mientras el resto del país se quedaba en casa de celebraciones, el comandante retirado del Ejército británico Paddy Roy Bates llevó una pequeña embarcación fueraborda a siete millas náuticas de la costa de Inglaterra, en el mar del Norte. Se había escabullido de su casa en plena noche, inspirado por una idea desquiciada: el regalo perfecto para Joan, su mujer. Con un arpeo y una cuerda se encaramó a una plataforma antiaérea abandonada y la declaró conquistada. La llamaría Sealand y sería propiedad de su mujer. El regalo no era precisamente un romántico palacio en el mar. Construida a principios de la década de 1940 como uno de los cinco fuertes para la defensa del Támesis, la plataforma HMF (Fortaleza de Su Majestad) Roughs Tower era un armatoste barrido por el viento en mitad de ninguna parte. «Roughs», como se conocía popularmente la fortaleza abandonada, era poco más que una amplia plancha del tamaño de dos campos de tenis colocada sobre dos torres de hormigón huecas a una altura de veinte metros sobre el mar. Roy tomó este puesto avanzado de arquitectura brutalista con la mayor seriedad, con la solemnidad de Hernán Cortés o Vasco da Gama [URBINA, I. Océanos sin ley. Madrid: Capitán Swing, 2020, p. 101].

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