Gracias a la última versión de King Kong (Peter Jackson, 2005), al taquillazo de Avatar (James Cameron, 2009) y al éxito internacional de la trilogía de El Señor de los Anillos (Peter Jackson, 2001-2003) el mundo descubrió los impresionantes paisajes de Nueva Zelanda como marco incomparable para ubicar un plató de cine en nuestras antípodas. Aquella promoción debió de ser tan impagable que, el 29 de octubre de 2010, el Gobierno de Wéllington aprobó con cierta urgencia modificar su normativa laboral (la Employment Relations Act 2000) introduciendo una breve enmienda [la Employment Relations (Film Production Work) Amendment Bill 2010] para asegurarse de que la productora Warner Bros volvía a elegir este país austral como escenario para rodar El Hobbit. Un viaje inesperado (de nuevo, obra del neozelandés Peter Jackson, 2012), la precuela de aquella historia sobre Bilbo Bolsón, el primer hobbit que fue famoso en el mundo entero, según su autor, el escritor J.R.R. Tolkien. De modo que, para la prensa, era lógico que aquella iniciativa del Ministerio de Trabajo se conociera, coloquialmente, como la Ley Hobbit (Hobbit Law).
El problema legal tuvo su origen unos años antes, durante el rodaje de El Señor de los Anillos, cuando James Bryson, que fabricaba las miniaturas de la película, fue despedido de la empresa Three Foot Six Limited que había sido contratada por la productora para encargarse de los efectos especiales. El quid de la controversia Bryson versus Three Foot Six Limited consistió en establecer, precisamente, si el demandante debía ser considerado “trabajador” o “contratista” y, el 16 de junio de 2005, el Tribunal Supremo neozelandés dio la razón a la empresa pero reconociendo que aquella regulación daba lugar a distintas interpretaciones a la hora de determinar la naturaleza de la relación contractual.
Con el cambio que se introdujo en 2010, se modificó la sección 6ª de su Estatuto de los Trabajadores con el objetivo de añadir una excepción a la definición de trabajador para que este concepto excluyera a cualquier empleado que fuese contratado por la industria cinematográfica o de los videojuegos (no así por la televisión), siempre que ambas partes no hubiesen acordado lo contrario; en concreto, se exceptuaron: 1) Las personas ocupadas en la producción cinematográfica tales como actores, locutores, dobles, especialistas, extras, cantantes, músicos, bailarines o artistas; y 2) Las personas que se ocupen de realizar otras funciones.
La aprobación de esta polémica enmienda vino acompañada de otras medidas –como el establecimiento de incentivos fiscales y una rebaja en la tributación de la productora– con los que Nueva Zelanda trata de convertirse en el epicentro de la Tierra Media.
No hay comentarios:
Publicar un comentario