miércoles, 8 de marzo de 2023

¿En qué se diferencian el FMI y el Grupo del Banco Mundial?

La pregunta debe ser tan habitual que incluso el propio Banco Mundial la responde en su portal de internet: (…) Ambas instituciones, que fueron creadas en la Conferencia de Bretton Woods en 1944, tienen misiones complementarias. El Grupo Banco Mundial trabaja con los países en desarrollo con el fin de reducir la pobreza y aumentar la prosperidad compartida, mientras que el Fondo Monetario Internacional (FMI) se ocupa de estabilizar el sistema monetario internacional y actúa como autoridad de supervisión del sistema monetario internacional. El Grupo Banco Mundial proporciona financiamiento, asesoramiento en materia de políticas y asistencia técnica a los Gobiernos, y también se centra en el fortalecimiento del sector privado de los países en desarrollo. El FMI hace el seguimiento de la economía mundial y la los países miembros, concede préstamos a los países que enfrentan problemas de balanza de pagos, y presta ayuda práctica a los miembros. Para ser elegibles para ser miembros del Grupo Banco Mundial, los países deben primero adherirse al FMI; en la actualidad, cada una de estas instituciones cuenta con 189 países miembros. Y, en sentido contrario: El miembro que dejare de pertenecer al Fondo Monetario Internacional dejará automáticamente de ser miembro del Banco dentro del plazo de tres meses, a menos que el Banco le permita seguir siéndolo por mayoría de tres cuartos de la totalidad de los votos (Art. VI.3 del Convenio Constitutivo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, de 1944).


Es decir, por un lado, el Grupo Banco Mundial –que, en realidad, está integrado por cinco instituciones: el mencionado Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) constituyen el Banco Mundial; a las que hay que añadir la Corporación Financiera Internacional (IFC), el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA) y el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI)– es una de las principales fuentes internacionales de financiamiento y conocimientos para los países en desarrollo (todo el grupo tiene el compromiso común de reducir la pobreza, aumentar la prosperidad compartida y promover el desarrollo sostenible).


Y, por otro, el FMI garantiza la estabilidad del sistema monetario internacional (el sistema de pagos internacionales y tipos de cambio que permite a los países y a sus ciudadanos efectuar transacciones entre sí) para promover la cooperación monetaria internacional, garantizar la estabilidad financiera, facilitar el comercio internacional, favorecer un empleo elevado y un crecimiento económico sostenible y reducir la pobreza en el mundo entero.


Como señalaba el propio Banco Mundial, los Convenios Constitutivos de ambos organismos especializados de las Naciones Unidas –tanto el del BIRF que dio origen al actual Grupo como el del FMI– fueron aprobados en la Conferencia Monetaria y Financiera de las Naciones Unidas celebrada en Bretton Woods (Nueva Hampshire, Estados Unidos), del 1 al 22 de julio de 1944. El 31 de marzo de 1999, ambas “agencias” firmaron los veintiocho apartados del IMF-World Bank Concordat en sustitución de las directrices originales de 1970 (y desarrolladas en 1980); un nuevo acuerdo en el que se establecieron los pasos administrativos y procedimentales necesarios para asegurar una colaboración constructiva y más fuerte entre ellos.

lunes, 6 de marzo de 2023

El origen de la expresión «por el artículo 33»

Cuando terminó la Guerra Civil española (1936-1939), el general Francisco Franco instauró un régimen autoritario que se prolongó hasta 1975. Durante los cerca de cuarenta años que duró la dictadura franquista, la norma básica que reguló la vida de los españoles fue una recopilación de textos denominada Leyes Fundamentales del Reino, aprobada por Decreto el 20 de abril de 1967, que incluía “(...) atendiendo a un criterio sistemático y no según el orden cronológico en que fueron promulgadas” las siguientes disposiciones: la Ley de Principios del Movimiento Nacional, de 17 de mayo de 1958; el Fuero de los Españoles, de 17 de julio de 1945; el Fuero del Trabajo, de 9 de marzo de 1938; la Ley Orgánica del Estado, de 1 de enero de 1967; la Ley Constitutiva de las Cortes, de 17 de julio de 1942; la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado, de 26 de julio de 1946, y la Ley de Referéndum, de 22 de octubre de 1945 [1]. En una de aquella disposiciones, el Art. 33 del Fuero de los españoles, texto fundamental definidor de los derechos y deberes de los mismos y amparador de sus garantías (BOE de 18 de julio de 1945) disponía que: El ejercicio de los derechos que se reconocen en este Fuero no podrá atentar a la unidad, espiritual, nacional y social de España.


El 13 de julio de 1945, en su discurso de presentación del Fuero ante los procuradores de las Cortes Españolas, el presidente de este “órgano legislativo”, Esteban Bilbao (1879-1970) enfatizó que: Afirmad estas tres unidades y tendréis una nación; pero negadlas, negad cualquiera de ellas, y la Nación despedazada y rota, acabará por caer, víctima de los bárbaros de dentro [2]. De modo que los derechos y deberes de los españoles contemplados en el Título Primero se vieron limitados por el mencionado artículo 33 al arbitrio de las autoridades. La aplicación estricta y muchas veces abusiva de las restricciones ahí mencionadas reduce considerablemente (…) la posibilidad de estar en conformidad con la Ley, y la justicia se muestra severa (…) [3].

Enrique Segura Iglesias
Retrato de Esteban Bilbao (1966)

Como consecuencia, el imaginario colectivo español acuñó esa coloquial expresión que aún perdura de “hacer las cosas por el artículo 33” en señal de que algo debía ser así, y punto redondo.

Citas: [1] PÉREZ VAQUERO, C. “El legado constitucional español”. En Constituciones Españolas (1812-1978). Valladolid: Lex Nova, 2007, pp. 40 y 41. [2] MAYORDOMO PÉREZ, A. Historia de la educación en España. Madrid: Ministerio de Educación y Ciencia, 1990, p. 59. [3] GILBERTO DE LEÓN, O. Literaturas ibéricas y latinoamericanas contemporáneas: una introducción. Ophrys, 1981, p. 4.

viernes, 3 de marzo de 2023

El universo jurídico de la saga «Star Trek»

Hace año y medio ya tuvimos ocasión de referirnos a la «Carta de la Federación Unida de Planetas» (FUP), adoptada el 11 de octubre de 2161 en el planeta neutral de Babel, como la norma básica que estableció la ficticia república federal interestelar creada en San Francisco aquel mismo año por las Naciones Unidas de la Tierra, Vulcano, Andoria y Tellar (un calco de la Carta de las Naciones Unidas de 1945) y que reunía a más de 150 planetas y colonias de toda la Vía Láctea. Ese mismo año, humanos, vulcanos, andorianos y tellaritas redactaron la Constitución de la FUP (UFP, en inglés) y sus garantías tomando como referencia la norma fundamental estadounidense de 1787 y sus enmiendas; pero lo cierto es que, desde sus inicios a mediados de los años 60, el universo jurídico de la saga «Star Trek» y sus nuevas generaciones tuvo que evolucionar, creando una amplia gama de instrumentos de derecho interplanetario público para dar cobertura legal –por decirlo así– a las relaciones interestelares conforme fueron necesitándose al desarrollar el argumentario “trekky” en las nuevas series de televisión y las versiones cinematográficas. A continuación, veremos algunas de las disposiciones más singulares que han creado sus guionistas y novelistas (auténticas fantasías de ciencia ficción pero con un trasunto jurídico real para que resultaran creíbles al espectador):


  • EL «TRATADO DE UNIFICACIÓN» DE LA TIERRA UNIDA (2150): antes de que la Tierra, Vulcano, Andoria y Tellar se federasen en 2161, nuestro planeta tuvo que eliminar las fronteras entre las naciones para crear un único “super-Estado” (siguiendo el término que empleó la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia de 11 de abril de 1949 para definir que la ONU no lo era). Aquel «Traité d'Unification» o «Acuerdo de la Tierra Unida» se firmó en la Plaza de la Concordia de París el 14 de julio de 2150 (lugar y fecha que, inevitablemente, recuerdan la Toma de la Bastilla de 1789). La última nación que se sumó al convenio fue Australia.
  • EL «TRATADO DE ALIANZA FEDERACIÓN-KLINGON»: en el siglo XXIII, el primer contacto de la Federación Unida de Planetas con el Imperio Klingon dio lugar a un largo periodo de guerra fría al que intentó poner fin temporalmente el «Tratado de Paz de Organia» (2260), por el nombre de un planeta, y de manera definitiva, tras la explosión de la luna Praxis, con los «Acuerdos de Khitomer» (2293), por una colonia de los Klingon. Sellada la paz, ambas potencias rubricaron este nuevo Tratado de Defensa Mutua del que no se sabe con certeza cuándo se firmó (ca. 2327) pero que recuerda tanto al Tratado de Washington de 4 de abril de 1949 por el que se creó la OTAN (Organización del Tratado del Atlántico Norte) o a su némesis: el Tratado de Amistad, Cooperación y Asistencia Mutua («Pacto de Varsovia») de 14 de mayo de 1955.
  • LA «ENMIENDA DE EMINIAR»: en 2267 se modificó la Constitución de la FUP para prohibir la destrucción masiva de cuerpos planetarios por parte de la propia Federación, incluso en tiempos de guerra. Esta medida se adoptó cuando la nave Enterprise estuvo a punto de ejecutarse la Orden General de la Flota Estelar 24 (destruir toda la vida de un planeta) contra Eminiar VII [1]. Podríamos enmarcar esta medida en la estela del Derecho Internacional Humanitario.
  • EL «TRATADO DE ALGERON» ENTRE LA FEDERACIÓN Y EL IMPERIO ESTELAR ROMULANO (2311): se suscribió en el planeta Algeron IV para crear una zona desmilitarizada (DMZ, en inglés) donde no pudieran acceder naves de ninguna de esas dos potencias rivales (los profesores Scharf y Roberts lo asemejan a lo que ocurre en las zonas neutrales ubicadas entre Corea del Norte y Corea del Sur o Kuwait e Iraq; ejemplos a los que podríamos sumar el área que separa las ciudadaes autónomas españolas de Ceuta y Melilla con Marruecos, o el territorio de las estratégicas islas Aland) [2].

Bandera del Imperio Klingon

PD: en la película Star Trek: Sección 31 (Olatunde Osunsanmi, 2025), esta división secreta de la Flota Estelar es la única que puede actuar más allá de la frontera de la Federación Unida de Planetas, de acuerdo con las cláusulas del Tratado de Ka'Tann.

Citas: [1] MACK, D. A Star Trek: The Next Generation: Time #7: A Time to Kill. Nueva York: Pocket Books, 2004, p. 66. [2] SCHARF, M. P. & ROBERTS, L. D. “The Interstellar Relations of the Federation: International Law and Star Trek: The Next Generation”. En: University of Toledo Law Review, 1994, vol. 25, nº 3, p. 579.

miércoles, 1 de marzo de 2023

Las bulas de los «castrati»

En Derecho Canónico, una bula es un Documento pontificio relativo a materia de fe o de interés general, concesión de gracias o privilegios, o asuntos judiciales o administrativos, expedido por la Cancillería Apostólica y autorizado por el sello de su nombre u otro parecido estampado con tinta roja [Diccionario Panhispánico del Español Jurídico]. Partiendo de esa base, el profesor Rubio Cremades ha investigado que: (…) alrededor de 1550 aparecieron los primeros documentos referentes a los castrati [(…) hombres con voz de mujer que sufrían la castración para conservar su voz aguda, de soprano, mezzo-soprano o contralto]. El papa Paulo IV prohibió la presencia de cantantes casados en la Capilla Pontificia. En 1589, el papa Sixto [V; con la], bula Cum pro nostri temporali munere, reorganizó el coro de la Basílica de San Pedro para incluir solo castrati. Las mujeres fueron prohibidas en el coro por el dictamen paulino Mulieres in ecclesiis taceant («las mujeres deben guardar silencio en la iglesia») –Corintios, I, cap. 14, v. 34–. La formación de los castrati en el siglo XVIII era muy rigurosa y fueron voces muy codiciadas y admiradas, encumbrados en la gloria y remunerados con grandes sumas de dinero. Recordemos, por ejemplo, al célebre castrato Farinelli (1705-1782) [1]; o a otros cantantes que lograron grandes éxitos artísticos y materiales inusitados como los que cita el musicólogo alemán Eckhardt van den Hoogen: Gaetano Caffarelli (1710-1783) y Francesco Bernardi, el Senesino (1685-1759), llamado así porque nació en Siena [2].

Para van den Hoogen, resulta curioso que la iglesia católica prohibiera oficialmente la castración en 1587 y que sólo un año después entraran al servicio del Papado los primeros castrados. (…) De hecho, a principios del siglo XX quedaba aún algún castrado en la Capilla Sixtina, a pesar de que los compositores italianos de ópera desde hacía más de un siglo habían renunciado a esas cuestionables tesituras [2].

En cuanto a España, según el jurista y músico Andrés Ruiz Tarazona: (…) La práctica de la castración era frecuente entre los cantorcicos con voces hermosas. Prueba de ello es la bula del Papa Sixto V en 1587, dirigida al nuncio apostólico en España, prohibiendo el matrimonio a los "spadoni" (como se llamaba en Roma a los castrados), de la que se deduce cuan frecuente era en España la castración [3].

Jacopo Amigoni | Retrato de Farinelli (ca. 1752)

Citas: [1] RUBIO CREMADES, E. “Enrique Gil y Carrasco: colaboraciones desconocidas”. En: AA.VV. Et amicitia et magisterio: Estudios en honor de José Manuel González Herrán. Alicante: Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, 2021, pp. 609 y 610. [2] VAN DEN HOOGEN, E. El ABC de la ópera. Todo lo que hay que saber. Madrid: Taurus, 2005, p. 495. [3] RUIZ TARAZONA, A. “Los cantores capones. Un texto revelador”. En: Revista de Musicología, 1998, vol. 21, nº 2, p. 646.

lunes, 27 de febrero de 2023

Los códigos de conducta y las reglas del surf

En España, la práctica de este deporte náutico consistente en mantenerse en equilibrio encima de una tabla especial que se desplaza sobre la cresta de las olas (DRAE) se regula en los Estatutos de la Federación Española de Surf (FESURFING), aprobados inicialmente por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes, en su sesión de 30 de noviembre de 1999 y, de manera definitiva, el 4 de abril de 2008. Con sede en la ciudad gallega de Ferrol, FESURFING tomó el testigo, después de más de una década en blanco, de la extinta Sección Nacional de Surf (SNS) que surgió en los años 70 como una sección dentro de la Federación de Esquí Náutico en Barcelona. En la actualidad, esta Federación cuenta con cerca de 28.000 federados en 155 clubes y agrupa las especialidades deportivas reconocidas por la ISA («International Surfing Association») del Surf, Longboard, Bodyboard, Stand Up Paddle (SUP), Bodysurf (Surf a Pecho), Kneeboard, Skimboard, Tándem Surf, Town-in surf y Paddleboard (Art. 1 de los Estatutos, modificado por la Resolución de 26 de marzo de 2012, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes). Por alusiones, la mencionada ISA se fundó en 1964, tiene su sede en La Jolla [California (EE.UU.)] y su marco jurídico se reglamentó en la Constitution of the International Surfing Association de 2018 (enmendada en 2021).

Para llevar a cabo las competiciones surferas, la ISA aprobó dos códigos de conducta –por un lado, el Código de conducta de entrenadores y oficiales de equipo [Coaches & Team Officials Code of Conduct]; y, por otro, el Código de conducta de atletas [Athletes Code of Conduct]– que definió como declaraciones formales de los valores y normas éticas que guían a las personas en el deporte. Un conjunto de principios y normas por los cuales los deportistas y oficiales pueden ser responsables cuando representan a su país u presiden cualquier evento de la ISA. El Código se utiliza como punto de referencia cuando se trata de procedimientos disciplinarios contra miembros o funcionarios. Entre los principios y normas, por ejemplo, se prevé que los atletas respeten las reglas y el buen espíritu del juego, promuevan una imagen positiva del surf y respeten a sus contrincantes, rechazando la corrupción, el abuso de drogas, el racismo y la violencia.

Chris Rowe | Big wave surfer (2023)

Asimismo, existen las denominadas “reglas del surf” que todos los deportistas deben practicar al tomar las olas; se trata de un código no escrito de costumbres que establece la prioridad para quien lleve más tiempo esperando una ola, esperar su turno cuando no se logra montarla, asegurarase de que otro surfista no va a tomar la misma ola para robársela, no hacer la culebra pasando por delante de otro surfista, respetar a los demás –sobre todo si estos deportistas cuentan con menos experiencia– dejándoles surfear y ayudándolos, cuidar del medioambiente, ser prudentes, hablar con los demás participantes y controlar en todo momento la tabla.

viernes, 24 de febrero de 2023

La Constitución de la UKOTA

El 2 de noviembre de 1994 se fundó la United Kingdom Overseas Territories Association (UKOTA); la organización que reúne a doce de los territorios británicos de ultramar [Anguila, Ascensión, Bermudas, Gibraltar, Islas Caimán, Islas Vírgenes Británicas, Malvinas, Montserrat, Pitcairn, Santa Elena, Tristán de Acuña y Turcas y Caicos (sólo se excluye el área de las bases soberanas de Akrotiri y Dhekelia, ubicadas en Chipre; y el sector de la Antártida)] con el fin de representar a sus 350.000 habitantes y promover sus intereses ante la Foreign, Commonwealth and Development Office (FCDO) del Gobierno del Reino Unido –salvando las distancias, las labores del FCDO se corresponderían con un Ministerio de Asuntos Exteriores– tal y como dispone el Art. 2 de la vigente Constitución de la UKOTA [Constitution of the The United Kingdom Overseas Territories Association] aprobada el 27 de mayo de 2021.

Este breve instrumento jurídico –de apenas 19 preceptos– enumera sus objetivos en el Art. 3: la UKOTA proporciona un foro para el intercambio de ideas y la discusión de temas relevantes de interés común; trabaja en beneficio mutuo de sus miembros; comparte información; da recomendaciones a los Gobiernos de los Territorios de Ultramar; desarrolla sus relaciones, como entidad, con organizaciones e instituciones (Corona, Parlamento de Westminster, Unión Europea y Commonwealth); comparte prácticas y defiende y representa los intereses colectivos.

Cada uno de estos doce territorios envía a la Asociación un único representante debidamente designada por ellos y facultada para actuar en su nombre (Art. 4); donde el Political Council (Art. 5) adopta sus principales decisiones con una mayoría cualificada del 70% de los votos para que sean consideradas válidas (Art. 16). La Secretaría de la UKOTA recae en la representación en Mayfair (Londres) del Gobierno de las Islas Turcas y Caicos.

Reunión de la UKOTA en Londres (2018)

miércoles, 22 de febrero de 2023

La historia de la ONUDI

En los considerandos de la Resolución 1940 (XVIII), de 11 de diciembre de 1963 [Actividades en materia de industrialización], la Asamblea General de las Naciones Unidas tuvo presente el objetivo enunciado en el Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas de emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos, así como las disposiciones de los Arts. 55 y 56 de la Carta, que imponen a la Organización la responsabilidad de promover niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos y condiciones de progreso y desarrollo económico y social; a continuación, consideró la prioridad que se está atribuyendo al desarrollo industrial en los planes económicos nacionales de los países en desarrollo e hizo suya la opinión del Comité Asesor de Expertos sobre las actividades de desarrollo industrial de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, de que la actual estructura institucional de las actividades de las Naciones Unidas en la esfera del desarrollo industrial no es satisfactoria y de que los recursos existentes no son adecuados.

Como consecuencia, el órgano plenario de la ONU decidió considerar la creación de una organización para el desarrollo industrial, incluso su estructura y sus funciones, encargando un informe al Consejo Económico y Social y un documento de trabajo al Secretario General.

Dos años más tarde, durante el vigésimo periodo de sesiones, la Asamblea adoptó la A/RES/2089 (XX), de 20 de diciembre de 1965 [Establecimiento de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial] en la que decidió establecer, dentro de las Naciones Unidas, una organización autónoma para el fomento del desarrollo industrial que se denominará Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial.


Pese a ello, la creación efectiva tuvo lugar al año siguiente mediante la A/RES/2152 (XXI) de 17 de noviembre de 1966 [Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial]. En la parte expositiva, la Asamblea reconoció que la industrialización de los países en desarrollo es indispensable para su desarrollo económico y social y para la expansión y diversificación de su comercio; y que, todo ello, depende en gran parte de la más amplia cooperación internacional. En ese marco, decidió que la ONUDI se creara como órgano de la Asamblea General, funcionando como organización autónoma dentro de las Naciones Unidas, con arreglo a las disposiciones que se establecieron a continuación, entre las que podemos destacar:

  • OBJETIVO: promover el desarrollo industrial, de conformidad mediante la movilización de recursos nacionales e internacionales, ayudar, fomentar y acelerar la industrialización de los países en desarrollo, con especial énfasis en el sector manufacturero.
  • FUNCIONES: desde estimular y fomentar la acción nacional, regional e internacional a fin de obtener la más rápida industrialización de los países en desarrollo, y formular recomendaciones al efecto; hasta ofrecer asesoramiento y orientación o formar al personal técnico.
  • ESTRUCTURA: la resolución se refiere a la Junta de Desarrollo Industrial (órgano principal de la Organización, compuesta por 45 miembros, elegidos por la Asamblea General que adoptará sus decisiones por mayoría simple); una Secretaría encabezada por su Director Ejecutivo.

El 16 de septiembre de 1975, en el séptimo periodo extraordinario de sesiones, la Asamblea General aprobó la resolución 3362 (S-VII) [Desarrollo y cooperación económica internacional] recomendando a la ONUDI que se convirtiera en un organismo especializado (§ IV.9). Las negociaciones bilaterales ONU-ONUDI continuaron durante esa década y, finalmente, en la Constitución de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, adoptada en Viena el 8 de abril de 1979, el Capítulo V (Arts. 18 y 19) ya contempló que: la organizacion se vinculará con las Naciones Unidas en calidad de organismo especializado de las mismas, con arreglo a lo previsto en el artículo 57 de la Carta de las Naciones Unidas. Todo acuerdo concertado en conformidad con el artículo 63 de la Carta requerirá la aprobación de la conferencia, por mayoria de dos tercios de los miembros presentes y votantes, previa recomendación de la Junta. El nuevo marco jurídico de la ONUDI entró en vigor el 21 de junio de 1985 [España lo había ratificado el 1 de septiembre de 1981 (BOE del 21 de febrero de 1986)] y con la firma definitiva del Acuerdo entre las Naciones Unidas y la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (A/RES/40/180, de 17 de diciembre de 1985) se convirtió en una nueva “agencia” de la ONU.

Hoy en día, el Art. 7 de su Constitución se refiere a los órganos principales de la ONUDI [la Conferencia General (constituida por los representantes de todos los miembros), la Junta de Desarrollo Industrial (53 miembros, asistidos por el comité de programa y de presupuestos) y la Secretaria (con un Director General)] y subsidiarios (los comités técnicos). Según dispone el Art. 20, su sede se encuentra en el cuartel general de Naciones Unidas en Viena (ONUV/UNOV) aunque cuenta con oficinas en Bruselas, Ginebra y Nueva York.

En 2022, la ONUDI financió 618 proyectos en los cinco continentes por un importe de 1.295.000.000 de dólares que sirvieron para:

  • Fomentar la competitividad (en Nigeria, se ha creado el Instituto de Metrología para garantizar la calibración de los instrumentos y la trazabilidad de la medición según los estándares internacionales),
  • Crear prosperidad (en Uganda, desarrolla un plan para potenciar usos alternativos del tradicional cultivo del banano en el ámbito textil, el artesano e incluso produciendo biogás) y
  • Proteger el medioambiente (en México, ha elaborado la estrategia nacional para gestionar la eliminación de los hidroclorofluorocarburos).

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