lunes, 23 de marzo de 2020

El origen del Centro Nacional de Desaparecidos de España (CNDES)

La Decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas de 15 de febrero de 2007 reservó la numeración nacional que comienza por 116 para los servicios armonizados de valor social; y, por ese motivo, tres años más tarde, España creó el número telefónico 116000, de carácter gratuito y confidencial, como línea directa para los casos de niños desaparecidos, mediante la Resolución de 31 de marzo de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones. Posteriormente, el Consejo de Justicia y Asuntos de Interior (JAI), que se celebró el 27 y 28 de noviembre de 2008, instó a los Estados miembros de la Unión Europea a que desarrollaran sus propios mecanismos nacionales de alerta para aplicarlos si se producía el secuestro de un menor y, en este caso, como consecuencia, la Secretaría de Estado de Seguridad aprobó la Instrucción 1/2009 sobre actuación policial ante la desaparición de menores de edad y otras desapariciones de alto riesgo, que normalizó un protocolo de actuación policial, mediante una valoración de riesgo buscando agilizar la búsqueda y adaptar las actuaciones y las medidas de respuesta a las circunstancias de cada caso.

En 2010 se creó la Base de Datos de Personas Desaparecidas y Cadáveres sin Identificar (PDyRH por su actual denominación: Base de Personas Desaparecidas y Restos Humanos sin identificar) que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad incorporaron para cotejar, de forma automática, los datos de los desaparecidos con los de los cadáveres y restos humanos encontrados no identificados.

Durante la siguiente década, el Senado estableció una Comisión Especial para estudiar la problemática de las personas desparecidas sin causa aparente (2013); y la Secretaría de Estado de Seguridad aprobó la Instrucción 14/2014, para regular los aspectos relativos al procedimiento de solicitud, activación y funcionamiento del Sistema de Alerta Temprana por Desaparición de Menores [«ALERTA – MENOR DESAPARECIDO»] y la 1/2017 para actualizar el protocolo de actuación policial con menores.

Todas estas medidas se llevaron a cabo porque la desaparición de personas sin causa aparente es un problema que afecta a todas las sociedades de forma constante en mayor o menor medida y –como recuerda la Secretaría de Estado de Seguridad en sus instrucciones– a día de hoy existe una preocupación por esta situación que atañe no solo a las familias de los desaparecidos o a sus allegados sino a la sociedad española en general y a los poderes públicos, en particular al Ministerio del Interior y, especialmente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


La primera mención a un Centro Nacional de Desaparecidos la encontramos en el derogado Real Decreto 770/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolló la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior. Su Art. 2.3.a).14º dispuso que el Gabinete de Coordinación y Estudios –dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad– le correspondía, entre cometidos, actuar como Centro Nacional de Desaparecidos.

Tan solo un año más tarde, la nueva Instrucción 2/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad creó ya el actual Centro Nacional de Desaparecidos como órgano de gestión centralizada para la coordinación efectiva y permanente del sistema de personas desaparecidas empleado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En la actualidad, el CNDES se autodefine en su web como un organismo pionero en Europa para coordinar la información sobre personas desaparecidas (*).

Pinacografía: Leonid Afremov | Casi otoño (s. XXI).

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