miércoles, 22 de marzo de 2023

Los Estatutos de la Confederación Sindical Internacional

El 1 de noviembre de 2006, dos de las mayores centrales sindicales que se habían fundado en el siglo XX –la Confederación Mundial del Trabajo, que se estableció en La Haya (Países Bajos) en 1920, y la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres, en Londres (Reino Unido), en 1949– decidieron unirse en la nueva Confederación Sindical Internacional [International Trade Union Confederation, en inglés; Internationaler Gewerkschaftsbund, en alemán (de ahí que las siglas de su logotipo sean ITUC-CSI-IGB)]. Aquel mismo día, en su Congreso Fundador celebrado en Viena (Austria), la CSI adoptó sus Estatutos [enmendados en el III Congreso Mundial que tuvo lugar en Berlín (Alemania) el 22 de mayo de 2014].

La Declaración de Principios que encabeza su norma básica establece que: La Confederación existe para unir y movilizar a las fuerzas democráticas e independientes del sindicalismo mundial, a fin de aportar una representación efectiva a los trabajadores y trabajadoras, independientemente de dónde trabajen y en qué condiciones. Se compromete a proporcionar solidaridad práctica a todos aquéllos que la necesiten, y a hacer frente a las estrategias globales del capital con estrategias globales de los trabajadores/as. (…) considera que el respeto universal de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, y el acceso al trabajo decente resultan indispensables para un desarrollo justo y sostenible. Su negación en cualquier lugar del mundo constituye una amenaza inmediata a la seguridad humana en el mundo entero.

A continuación, enumera cuáles son sus objetivos: 1) Defender y promover los derechos e intereses de todos los trabajadores y trabajadoras, sin distinción, y obtener en particular una compensación justa por su trabajo en condiciones de dignidad, justicia, y seguridad en el trabajo y en la sociedad en general. 2) Promover el crecimiento y la consolidación del movimiento sindical independiente y democrático. 3) Representar un contrapeso en la economía global, comprometiéndose a garantizar una distribución justa de la riqueza y los ingresos dentro del territorio nacional y entre distintos países, la protección del medio ambiente, el acceso universal a bienes y servicios públicos, una protección social completa, el aprendizaje a lo largo de toda la vida, y oportunidades de trabajo decente para todos y todas. 4) Hacer que el movimiento sindical sea inclusivo, y responda a los puntos de vista y las necesidades de todos los sectores de la mano de obra global. Y 5) Movilizar la fuerza, la energía, los recursos, el compromiso y el talento de sus afiliadas y sus miembros en el logro de estos objetivos, convirtiendo el internacionalismo sindical en parte integral de su labor cotidiana. La Confederación se compromete a perseguir estos objetivos con determinación, y de acuerdo con los valores sindicales perdurables de solidaridad, democracia y justicia. No desistirá de su logro, ni será disuadida en su intento por los enemigos del progreso, convencida de que está en manos de los trabajadores y trabajadoras el determinar su propio futuro.

En relación con su estructura interna, los Estatutos de la CSI establecen: un Congreso [suprema autoridad que determina el programa y la política de la Confederación así como la interpretación de los Estatutos (Art. VIII)]; un Consejo General [elegido por el Congreso y compuesto por 70 miembros (Art. XIX)]; y un Buró Ejecutivo [compuesto por el Presidente del Consejo General, el Secretario General (representante y portavoz de la Confederación) y hasta veinticinco miembros titulares del Consejo General (Art. XXV)]. Los tres órganos rectores [ITUC Constitutional Bodies] cuentan con sus propios reglamentos de desarrollo que vienen a completar las disposiciones previstas por los Estatutos.

Tomando como base legal el Art. XXVII, la CSI ha establecido una estructura regional: la Organización Regional Asia-Pacífico (CSI-AP), la Organización Regional Africana (CSI-AF), la Organización Regional de las Américas (CSA), el Consejo Regional Paneuropeo (CSI CRPE) y la Confederación Sindical Internacional Árabe (CSI-AR). Por último, aunque la sede de la Confederación Sindical Internacional se ubicó en Bruselas (Bélgica), la CSI cuenta con oficinas en Ginebra (Suiza), Washington (EE.UU.) y Sarajevo (Bosnia y Herzegovina).

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