
Aún tenemos muy reciente la situación del ex presidente colombiano, Álvaro Uribe. La Constitución Política de Colombia, de 1991, es muy clara a este respecto: Nadie podrá ser elegido para ocupar la Presidencia de la República por más de dos periodos (Art. 197). Uribe quiso convocar un referéndum para modificar este apartado de su Carta Magna, y poder optar a un tercer mandato, pero la Corte Constitucional de su país le denegó esta posibilidad. Por un lado, esta decisión dice mucho de la capacidad del tribunal colombiano –uno de sus magistrados afirmó que No se trata de meras irregularidades formales, sino de violaciones sustanciales al principio democrático– y, por otro, es gratificante que en Iberoamérica haya algún país donde sí que exista una perfecta delimitación entre el ejecutivo, el legislativo y el judicial para no romper, como dicen por allá, el balance de poderes.
El problema es que ese deseo de perpetuarse en la Jefatura del Gobierno –con la habitual excusa de no haber tenido tiempo suficiente para desarrollar todo su programa político y de reformas– es demasiado habitual entre los regímenes más populistas de Sudamérica que no dudan en reformar las Constituciones que se opongan a sus deseos: el Presidente de Venezuela, Hugo Chávez fue –sin duda– el mejor exponente de esta tendencia, pero no ha sido el único tentado por el poder: Alberto Fujimori, en Perú; Fernando Cardoso, en Brasil; Carlos Menem, en Argentina; Rafael Correa, en Ecuador; o Evo Morales, en Bolivia, son buenos ejemplos de este planteamiento en el que la silla presidencial recuerda demasiado a un trono absolutista. Ya lo dijo Simón Bolívar a principios del siglo XIX, si el que está en el poder se acostumbra a mandar, el pueblo se acostumbra a obedecerlo. Al otro lado del Atlántico, a esta clase de políticos se les llama repitentes y, con su afán de perpetuarse en el cargo, a costa de modificar las leyes o la propia Carta Magna, hacen bueno el comentario del obispo nicaragüense, Monseñor Mata, cuando dijo que la triste realidad es que para los gobernantes, la Constitución es papel higiénico.
En el extremo contrario, afortunadamente, también encontramos algunos ejemplos de constituciones al estilo colombiano donde se aplica el principio de no reelección (al menos, inmediata): Guatemala (Art. 184), México (Art. 83) o Perú (Art. 112).
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