
Actualmente, en Australia, no existe una regulación federal sobre los soplones (whistleblowers; literalmente, quien sopla el silbato para dar la alerta) aunque, desde hace tiempo, se viene trabajando en distintos proyectos de ley para regular su régimen jurídico; en cambio, casi todos los Estados federados sí que han regulado, directa o indirectamente, esta materia. Junto a las leyes ya citadas de Nueva Gales del Sur y de Australia Meridional, Australia Occidental aprobó la Official Corruption Commission Act en 1988; el Territorio de la Capital, Camberra, la Public Interest Disclosure Act (en 1994); Queensland, la Whistleblower Protection Act (en 1994) y, finalmente, el Estado de Victoria aprobó una regulación homónima en 2001.
El precedente histórico de estas normativas para proteger a los delatores se remonta a los Estados Unidos, a mediados del siglo XIX, con la Lincoln Law de 2 de marzo de 1863 (denominada, oficialmente, False Claims Act). Con esta norma, el célebre presidente norteamericano trató de acabar con la corrupción que generó la Guerra Civil en el suministro de provisiones al Gobierno de Washington, alentando la delación de los corruptos a cambio de que los soplones obtuvieran un porcentaje del fraude descubierto.
En España, la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción ha incorporado al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. La finalidad de estas normas es otorgar una protección adecuada a los informantes frente a las represalias y fortalecer la cultura de la información, de las infraestructuras de integridad de las organizaciones y el fomento de la cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.
Como curiosidad, el legislador español señala en el preámbulo que: (...) es preciso recordar que, en línea con la corriente existente en el mundo anglosajón, que regula desde hace años la protección de los denominados «whistleblowers» –quien usa el silbato para dar alerta– algunas comunidades autónomas ya han regulado instituciones que se ocupan de recibir comunicaciones de ciudadanos informando de irregularidades. A título de ejemplo y sin perjuicio de las autoridades creadas por algunas entidades locales, cabe recordar que las comunidades autónomas de Cataluña, Valenciana, Illes Balears [Baleares], Navarra, Principado de Asturias o Andalucía han abordado la cuestión de la protección de los denunciantes, si bien la regulación ha sido parcial y centrada fundamentalmente en la creación de oficinas o agencias con la específica función de prevenir e investigar casos de uso o destino fraudulentos de fondos públicos, aprovechamientos ilícitos derivados de actuaciones que comporten conflictos de intereses o uso de información privilegiada, o en general conductas contrarias a la integridad; es decir, han circunscrito esta legislación al ámbito público, con carácter previo en algunos casos a la Directiva 2019/1937.
Y añade: La expresión «alertadores» ha sido acogida en algunos ordenamientos como el francés. En la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, se emplea el término «denunciantes», y en esta ley se ha optado por la denominación «informante».
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