lunes, 23 de septiembre de 2013

La mediación en China

La Constitución de la República Popular China, de 4 de diciembre de 1982, es una de las escasas leyes fundamentales del mundo que dedica un precepto específico a la mediación; en concreto, el Art. 111 establece que: En los comités de vecinos o de aldeanos se instituyen comisiones de mediación popular (…), las cuales se encargan de los asuntos públicos y de bienestar de la comunidad del área correspondiente, median en los litigios entre residentes y prestan su ayuda al mantenimiento del orden público, así como hacen llegar a los gobiernos populares las opiniones y demandas de las masas y les formulan propuestas. Este sistema de mediación popular se originó –según el Centro de Información de Internet China– en las actividades de mediación entre el pueblo en la China antigua, evolucionó y se formó en el período de la Guerra de Resistencia contra el Japón (1937-1945) y se instituyó oficialmente en los años 1950 a comienzos de la República Popular China.

Desde el 1 de enero de 2011, este método alternativo para la resolución de conflictos se regula mediante la nueva Ley de Mediación Popular que se aprobó durante el 11º Congreso Nacional, celebrado el 28 de agosto de 2010, con el objetivo de mantener la armonía social y la estabilidad, persuadiendo a las personas enfrentadas en una controversia para que lleguen a un acuerdo basándose en tres principios: respetar el libre albedrío y la equidad de las partes, no ingerir en sus derechos ni menoscabarlos en nombre de la mediación y observar la legislación y las políticas del Estado.

Las comisiones de mediación popular están formadas por grupos de 3 a 9 personas que son elegidas en asambleas, vecinales o aldeanas, para mediar gratuitamente durante un periodo de 3 años –reelegibles– en el que reciben la formación adecuada por parte tanto de las instituciones locales como del Departamento [Ministerio] de Justicia para capacitarlos profesionalmente. La Ley establece que los mediadores deberán ser ciudadanos adultos, imparciales, decentes y dedicados al trabajo de mediación popular, y tener un cierto nivel de educación, comprensión política y conocimientos legales (Art. 14); y que serán destituidos del cargo si muestran favoritismo por alguna de las partes, les insultan, aceptan sobornos o divulgan aspectos que afecten a su intimidad.

Cuando ambos contrincantes aceptan dirimir su conflicto por esta vía –también pueden negarse y acudir al arbitraje, presentar una reclamación administrativa o recurrir a los tribunales ordinarios de Justicia– deben indicar si desean que el procedimiento sea público o privado, elegir al mediador entre las personas propuestas por la comisión y se les permite recabar la participación de sus vecinos, familiares o amigos, invitándoles a formar parte de la resolución del problema; asimismo, las comisiones de mediación popular también pueden dirigirse a terceras personas –que sean imparciales y dignas– para que les ayuden a mediar y a proponer un acuerdo que deberá contener: información básica sobre ambas partes; los hechos más destacados del litigio, el asunto de la disputa, así como las demandas de todos los interesados y, por supuesto, el contenido del acuerdo de mediación alcanzado por las partes, junto al modo y el plazo para cumplirlo, que deberán firmar y sellar, en el caso de que sea escrito, porque también se autoriza acordar la solución verbalmente. En todo caso, el acuerdo será vinculante (Art. 31) para todos los interesados que deberán cumplir lo convenido, bajo la supervisión de las comisiones de mediación.

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