miércoles, 18 de marzo de 2015

¿Cuándo se celebraron los primeros juicios con la vigente ley del jurado?

Con la llegada de la democracia, el Art. 125 de la Constitución Española de 1978 dispuso que Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales. El desarrollo legislativo de esta ancestral institución –cuyo origen se remonta a la Grecia clásica y la curiosa máquina que inventaron para nombrar a sus integrantes: el cleroterion– aún tuvo que aguardar diecisiete años hasta que se adoptó la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado; donde se recordó que Nuestro texto constitucional cumple (…) lo que puede considerarse una constante en la historia del derecho constitucional español; cada período de libertad ha significado la consagración del jurado; así en la Constitución de Cádiz de 1812, y en las de 1837, 1869 y 1931, y por el contrario cada época de retroceso de las libertades públicas ha eliminado o restringido considerablemente ese instrumento de participación ciudadana, en paralelo y como complemento a las restricciones del conjunto de sus derechos y de los instrumentos de participación en los asuntos públicos. Retomando un instrumento de indiscutible raigambre liberal que desde el primer esbozo de 1820 hasta su suspensión en el año de 1936, pocas instituciones jurídicas han padecido (…) una depuración crítica tan acentuada como el Tribunal del Jurado.

Como esta disposición entró en vigor el 23 de noviembre de 1995 y hubo que adecuar las salas de vistas y formar al personal judicial, los primeros juicios españoles con jurado no pudieron celebrarse hasta el año siguiente, de forma simultánea, en tres Audiencias Provinciales –Baleares, Palencia y Valencia– el 27 de mayo de 1996 para enjuiciar, respectivamente, un intento de soborno, un fratricidio y un allanamiento de morada. Dos décadas más tarde, esta institución que pretendía acercar la Administración de Justicia a los ciudadanos apenas representa el 0,004% del total de asuntos que fallan los tribunales españoles. Con datos de 2013, 365 casos de los 8.875.557 procesos que se resolvieron ese año.

2 comentarios:

  1. Este blog es un vicio! Voy enlazando entradas y no puedo parar! Soy demasiado curiosa ^^ Gracias por tu tiempo, disfruto mucho leyéndote. Un abrazo, OV.

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    1. Gracias a ti OV; ojalá que no deje de sorprenderte ;-) Pasa buena mañana, Carlos

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