miércoles, 11 de febrero de 2026

La nueva «Mudáwana» de Marruecos

La profesora Gómez García define así este concepto: Compilación de leyes de corte malikí [como ya tuvimos ocasión de señalar al explicar qué era la «Risala», a finales del siglo VIII empezaron a surgir las escuelas jurídicas (mádhab) para interpretar el Derecho Islámico; a grandes rasgos, aunque hubo otras, podemos hablar de cuatro doctrinas jurídicas suníes (Hanafí, Chafií, Malikí y Hanbalí), tres chiíes (Zaidí, Fatimí y Yafarí) y una jariyí (Ibadí) que se desarrollaron a la sombra de algún reconocido jurista que dio nombre a cada una de las escuelas]; esa compilación se ocupa del conjunto de prácticas de la vida civil del musulmán [las muamalat]. Fue sintetizada y simplificada como corpus por [el cadí (juez) de Cairuán (actual Túnez)] Abd al-Salam al-Tanuji, apodado Sahnún (777-855), quien contribuyó grandemente a la difusión e implantación de la doctrina malikí en el norte de África y en Al-Ándalus. La mayor parte de sus disposiciones siguen en vigor en los países de tradición malikí, como son los del Mágreb. En España se conoce como «Mudáwana» el código que hasta el año 2004 recogía en Marruecos el derecho de familia. Se elaboró a partir de cinco decretos promulgados entre los años 1956-1958, recién alcanzada la independencia [1]. A ese primer Código del Estatuto Personal y de las Sucesiones se le conoce, hoy en día, como la «Antigua Mudáwana» porque el 5 de febrero de 2004 entró en vigor la nueva «Mudáwana»  [Mudawwana, Moudawana o Mudawana, según se adapte el árabe a la fonética en castellano] o Código de Familia de Marruecos [Ley nº 03-70 de 2004, «Code de la famille»].

Se trata de cuatrocientos artículos donde se regulan, entre otros aspectos, el régimen jurídico del matrimonio, de su disolución, de la capacidad para realizar determinados actos o negocios jurídicos, de las formas de protección de las personas menores de edad, incluidas las relaciones paterno-filiales; del testamento y del fenómeno sucesión [2]; a lo largo de siete libros: el matrimonio (Libro I), las formas de disolución del contrato de matrimonio (Libro II), el nacimiento y sus efectos (Libro III), la capacidad y la representación legal (Libro IV), el testamento (Libro V) y las sucesiones (Libro VI). Por último, el Libro VII recoge un conjunto de disposiciones transitorias y finales [3]. Teniendo en cuenta –como dispone su Art. 400- que todo lo que no regule el texto de este Código se someterá a la Escuela Malikí y al esfuerzo intelectual (iytihad) con la finalidad de que se cumplan los valores del Islam de justicia, igualdad y buena convivencia.

Jean-Joseph Benjamin-Constant
Le caïd marocain Tahamy (1880)

Su conocimiento presenta gran actualidad por dos principales razones: en primer lugar, por el elevado y creciente número de personas de nacionalidad marroquí que residen de forma habitual en [España], de un lado; y, de otro, por la relación directa que presenta la ansiada integración social con las situaciones personales y familiares que se presentan con ocasión de tales desplazamientos de población. Esto es, con los matrimonios que se contraen, bien en España, bien en Marruecos (o, incluso, en otro países de nuestro entorno), entre personas que ostentan alguna de estas nacionalidades; con las peticiones de disolución de tales enlaces que también se suscitan (…) y también con las cuestiones relacionadas con la situación de los/as hijos/as de la pareja mixta hispano-marroquí. E, incluso, aunque en menor media, con los litigios sucesorios que también empiezan a tener lugar a medida que la población de procedencia de Marruecos [2].

Jean-Joseph Benjamin-Constant
Rhe Day of the Funeral (1889)

Citas: [1] GÓMEZ GARCÍA, L. Diccionario de Islam e Islamismo. Madrid: Espasa, 2009, pp. 220 y 223. [2] PALACIOS DE HARO, R. “Prólogo”. En: ESTEBAN DE LA ROSA, G. (Dtora). La nueva Mudawwana marroquí: entre tradición y modernidad: Traducción comentada del Código de Familia de 2004. Sevilla: Junta de Andalucía, Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, 2009, p. 14. [3] ESTEBAN DE LA ROSA, G. “Presentación”. En: ESTEBAN DE LA ROSA, G. (Dtora). Ob.cit., p. 16.

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