Anécdotas y curiosidades jurídicas | iustopía
Desde 2010, este blog reúne lo más curioso del panorama jurídico y parajurídico internacional, de la antigüedad a nuestros días, de forma didáctica y entretenida. Su editor, el escritor y jurista castellano Carlos Pérez Vaquero, es profesor universitario y autor de diversos libros divulgativos y cursos de formación.
viernes, 1 de julio de 2022
¿Dónde se regula la estructura de una sentencia?
miércoles, 29 de junio de 2022
Biotipologías (II): la escuela constitucionalista italiana
![]() |
Achille de Giovanni |
A continuación, el profesor mexicano se centra en la figura del médico constitucionalista piamontés Giacinto Viola (1870-1943), según el cual, la constitución humana se apoya en dos sistemas: 1. El sistema de la vida vegetativa (visceral). 2. El sistema de la vida de relación (nervioso y muscular). De aquí deduce dos tipos: a) El tipo brevilineo. En el que el desarrollo del cuerpo es prevalentemente en sentido horizontal, el tronco está mayormente desarrollado respecto a los miembros. Son enérgicos, alegres y llenos de vitalidad. Representa la vida vegetativa. b) El tipo longilíneo. En el que predomina la altura, el tórax es alargado, el abdomen es plano y los miembros son largos en comparación con el desarrollo del tronco. Son abúlicos y depresivos, inteligencia viva pero fácil de fatiga; tendencia a la introversión y fantasía. Representa la vida de relación [4]. En 1933 publicó en Milán los dos tomos de su Trattato di semeiótica. Ese mismo año, estractó sus ideas en el volumen Semeiotica della costituzione: dottrina e metodologia costituzionale, morfologica e funzionale. Brevilíneos y longilíneos serían los individuos más extremos mientras que, entre ellos, se encontraría un hombre medio (normolíneo o normotipo).
- Por un lado, el catedrático de la Universidad de Génova Mario Barbara (1887-1959) que distinguió los tipos básicos teniendo en cuenta no solo el tipo de proporciones sino también el tamaño de las dimensiones corporales [4]. Consideró al tronco como expresión de la vida vegetativa y a las extremidades como expresión de la vida de relación; así, hay 2 tipos extremos (Braquitipo y Longitipo), y uno intermedio, resultando las siguientes subdivisiones: 1) Braquitipo: excedente, antagónico y deficiente; 2) Normotipo: macrosómico y microsómico; 3) Longitipo: excedente, antagónico y deficiente [4].
- Y, por otro, el Dr. Nicola Pende (1880-1972), médico especialista en Anatomía Patológica que trabajó en hospitales de Bari, Génova y Roma; tuvo el mérito de tomar en cuenta los factores endocrinológicos, y clasifica a los seres humanos en: a) Longilíneo esténico: Fuerte, delgado, musculado, es taquipsíquico (gran velocidad de reacción) en él predominan tiroides y suprarrenales en hiperfunción. b) Longilíneo asténico: Débil, delgado, con escaso desarrollo muscular, bradipsíquicos (lentitud de reacción) son hiposuprarrenálicos. c) Brevilineo esténico. Fuerte, macizo, musculado, chaparro, son bradipsíquicos y glandularmente tienen hipersuprarrenalismo c hipotiroidismo. d) Brevilineo asténico. Gordos, débiles, bradipsíquicos, son hipopituitarios e hipotiroideos. La famosa "Pirámide" de Pende (Director del Instituto Biotipológico de Roma) está constituida por la base: la herencia y las otras caras; la morfología, el temperamento, el carácter y la inteligencia. El vértice es la síntesis Biotipológica [4]. Los conceptos de esténico y asténico los podemos vincular con otros dos términos más usuales: vigoroso y apático.
Puede decirse que esta escuela constitucionalista italiana culminó, de forma gráfica, con la denominada “Pirámide de Pende” donde el médico de Puglia representó que en la base, estarían las influencias ancestrales y hereditarias del individuo; en una de las caras, los caracteres morfológicos; en otra, los caracteres neuroquímicos, hormonales; y, en la última, los caracteres psicológicos. En la cima de la pirámide estaría el individuo, resultado del concierto armónico de todos estos factores [6].
Citas: [1] BENAVENT, J. Estudio diferencial de constitución corporal, aptitudes físicas y rasgos de personalidad en una muestra de estudiantes de educación física. Madrid: INEF, UPM, 1982, pp. 26 a 28. [2] SOLANO, S. “La constitución perversa y la responsabilidad”. En Revista del Foro, 209. [3] KRAMER, R. Maria Montessori: Biografía de una innovadora de la pedagogía. Madrid: Ediciones SM, 2019. [4] RODRÍGUEZ MANZANERA, L. Criminología. Ciudad de México: Porrúa, 2ª ed., 1981, pp. 288 a 291. [4] VELLA, L. et al. Enciclopedia medica italiana. Florencia: USES, 1975, 2ª ed., p. 1247. [5] MARTÍNEZ MARTÍNEZ, C. Antropología física. Monterrey: Universidad Autónoma de Nuevo León, 1992, p. 118. [6] FERLA, L. “Gregorio Marañón y la apropiación de la homosexualidad por la medicina legal brasileña”. En: FRENIA, Vol. IV-1-2004, p. 67.
lunes, 27 de junio de 2022
¿Qué es el mecanismo de la «muerte cruzada» en Ecuador?
viernes, 24 de junio de 2022
¿Se puede prohibir a un carterista que entre al metro?
miércoles, 22 de junio de 2022
La prehistoria de los Derechos Humanos (XVI): el Pacto Gandhi-Irwin
Aquel periodo finalizó con la firma del denominado Pacto Gandhi-Irwin, el 5 de marzo de 1931, entre el líder pacifista indio, que fue liberado de la cárcel, y el virrey británico Lord Irwin, posterior vizconde Halifax (1881-1959). Este pacto fue bastante criticado por muchos nacionalistas por obtener pocas concesiones políticas concretas para la India después de movilizaciones tan grandes. Pero Gandhi quería restaurar un clima de paz en el país y retomar la confianza hacia los ingleses, sabiendo que ya estos habían comprendido la determinación total del pueblo hindú; devolvió así la iniciativa al otro bando al confiar en su “buen sentido”. Pero poco duraría esta expectativa, pues la Segunda Conferencia de la Mesa Redonda [Round Table Conference] en Londres (septiembre-diciembre de 1931) [en la imagen inferior] fracasó: Gandhi sostuvo que los hindúes sólo aceptaban ya la “independencia total” e Inglaterra no la quería otorgar [3].
lunes, 20 de junio de 2022
La definición jurídica de «periodista»
viernes, 17 de junio de 2022
¿Qué es un «Grupo Sindical de Colonización»?
La fundamentación jurídica de este centro directivo nos recuerda que: A efectos de lo que ahora interesa, en dicho Reglamento [de 1941] se establece que el Grupo Sindical es una agrupación de productores para la realización de obras o mejoras de interés local (artículo 1); que el capital social del grupo estará representado por resguardos nominativos expedidos a favor de los productores que lo integran, resguardos nominativos que conceden a su titular una participación en el disfrute de las obras o mejoras que se realicen y de los beneficios comunes que se obtengan equivalente a la parte alícuota del capital social que el resguardo representa y que se inscribirán en el libro que a tal efecto llevará la Obra Sindical de Colonización, sin que la transmisión de los mismos produzca efecto en tanto no se haya tomado razón en el expresado libro y expedido nuevo título a favor del cesionario, previa anulación del transmitido (artículo 5); que los órganos del grupo sindical son el jefe del grupo, la junta rectora y la junta general (artículo 9); que el jefe del grupo sindical, que por este solo hecho lo es de la junta rectora, representa y obliga al grupo sindical y a todos y a cada uno de los productores que lo integran (artículo 10); y que la junta rectora es el órgano de gestión del grupo sindical (artículo 13) y le corresponde la gestión de los asuntos que interesan al grupo sindical y la ejecución de los acuerdos de la junta general que no exijan facultades representativas (artículo 17). Es de destacar el marcado carácter intervencionista de la Administración por cuanto el jefe no era elegido por los miembros del Grupo Sindical de Colonización, tenía derecho de veto de los acuerdos de las juntas generales y rectoras. Asimismo, quedaban sometidos a la Disciplina de la Delegación Nacional de Sindicatos de FET y de las JONS y en el seno de la Obra Sindical de Colonización.