
Abreu analizó los instrumentos con los que debía navegar todo buque mercantil:
1) El pasaporte: una licencia del soberano, del capitán o dueño del navío, para que este navegue (…) Es tan preciso y necesario que el navío que se hallare sin él, puede ser legítimamente apressado. 2) Las letras de mar: en este instrumento deben constar no solamente la carga del navío, sino también el lugar de su habitación, residencia y nombre, así del maestre y patrón como del navío mismo, para reconocer si lleva mercaderías de contravando. 3) El libro derrotero: donde el capitán o piloto apunta el día en que sale de puerto y sucesivamente va anotando los puertos, bahías y playas donde llega y quanto le passa en el viage. 4) La certificación o patente de sanidad que suele darse por los magistrados del puerto donde llega el navío en que certifican no haver allí mal contagio. 5) La pertenencia del navío que sirve para justificar ser de fábrica lícita. 6) El libro de sobordo que llevan el piloto o escribano del navío en que se sientan todas las mercaderías de su carga y lo demás que lleva, ya sea de lo comprendido en otros instrumentos o ya sean bienes del capitán, marineros o pasajeros. 7) La carta-partida es el contrato de fletamento que se celebra entre el mercante o cargador del navío y su maestre o capitán, que debe figurar por escritura. 8) El conocimiento o póliza: un recibo en que el capitán dize haber recibido las mercaderías de su cargo de Fulano o de cuenta de Sutano para entregarlas en tal parte, a quien se indique; y 9) La factura, la cuenta de mercaderías con expressión de su calidad, y cantidad; precios a que ha costado y demás gastos; indicándolas con quanta distinción sea posible.
Si en un navío no se hallaren dichos referidos instrumentos –en especial, el pasaporte, despacho que por si mismo estima el navío– se podrían apresar sus bienes y efectos.
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