Si hace más de un año tuvimos ocasión de analizar la regulación española del salario mínimo interprofesional y descubrir que el origen de este sistema es más antiguo y lejano de lo que pudiera parecer a simple vista, remontándose a finales del siglo XIX en Nueva Zelanda, hoy conoceremos la situación del SMI en el marco de la Unión Europea. Con los datos correspondientes a enero de 2013 que publicó Eurostat –el órgano oficial que, desde 1953, viene armonizando las estadísticas comunitarias– este salario solo se contemplaba en el ordenamiento jurídico de 20 de los, por aquel entonces, 27 Estados miembros de la Unión (Bélgica, Bulgaria, República Checa, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia y Reino Unido) que, a comienzos de 2013, disponían de normativa para regular el salario mínimo mediante un estatuto o un convenio intersectorial nacional. Croacia, que se convirtió en el socio número 28 a mediados de año, también contempla esta legislación, así como Turquía, la eterna candidata; en cambio, Alemania, Austria, Chipre, Dinamarca, Finlandia, Italia y Suecia no tenían fijado –en esa fecha– un salario mínimo (como sucede en otras naciones extracomunitarias: Islandia, Suiza o Noruega). En todos estos países, los salarios se fijan mediante negociaciones entre los interlocutores sociales, tanto a nivel de la empresa como de los contratos individuales.
España, con un salario mínimo mensual de 645,30 euros se sitúa en la llamada zona intermedia –junto a Portugal, Grecia, Malta y Eslovenia– por haber establecido un importe entre 500 y 1.000 euros al mes, pero las variaciones que existen entre los salarios mínimos más bajos y los más altos son realmente considerables, si tenemos en cuenta que oscila entre los 157 euros que se cobran en Rumanía y los 1.874 de Luxemburgo; dos cantidades tan distintas como distantes.
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