Si hace diez meses tuvimos ocasión de comentar la iniciativa de Costa Rica para conservar la vida silvestre prohibiendo la caza, hoy haremos referencia a la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia de 1 de julio de 2009 donde se publicó la breve pero pionera Ley 4040, de 17 de junio de 2009, que eliminó el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos circenses en todo el territorio nacional, por considerarse la práctica un acto de crueldad en contra de los animales. Para lograr ese objetivo, la normativa que decretó el Congreso Nacional boliviano proclamó que Queda terminantemente prohibido el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos circenses en todo el territorio nacional; estableciendo un plazo de un año para que los circos adecuaran sus espectáculos, sancionando su incumplimiento con el decomiso de los animales silvestres y/o domésticos e imponiendo sanciones pecuniarias que deberán ser reglamentadas, sin perjuicio de la acción civil y penal que corresponda. El contenido de aquellos seis artículos convirtió a esta ley en la primera norma del mundo que penalizó la participación de animales en esta clase de espectáculos.
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