viernes, 27 de febrero de 2015

El infrecuente y caprichoso testamento de Charles Millar

El 7 de junio de 1921 –cinco años antes de que falleciera de un ataque al corazón el día de Halloween de 1926– el excéntrico abogado canadiense Charles Vance Millar otorgó su célebre testamento, tan infrecuente como caprichoso, empleando sus propios términos. La novena cláusula de su última voluntad estipuló que, al carecer de familiares directos, cuando se cumplieran diez años de su muerte, todo el capital de su masa hereditaria tendría que ser entregado a la mujer que hubiera dado a luz a un mayor número de hijos durante la siguiente década solo en Toronto (Ontario, Canadá) y siempre que aquellos nacimientos se hubieran podido registrar de acuerdo con la redacción legal dispuesta en la Vital Statistics Act; previendo que, en caso de empate, los bienes y valores de su herencia se repartieran en partes iguales entre las diversas afortunadas.

Tras el entierro de Millar comenzó una dura batalla legal con varios frentes: por un lado, sus familiares más lejanos intentaron invalidar su testamento al considerar que aquello era una mala broma contraria al orden público; y por otro, los abogados de todas las madres candidatas que, en plena crisis económica, provocada por el crack bursátil de 1929, quisieron ser las agraciadas.

Los pleitos alcanzaron tal intensidad que, finalmente, el asunto tuvo que ser resuelto en el Tribunal Supremo canadiense Re Estate of Charles Millar, Deceased, [1938] S.C.R. 1, de 22 de diciembre de 1937– donde se falló que su polémica última voluntad no era contraria al orden público y que al calcular el número máximo de hijos, no se tendrían en cuenta los ilegítimos. Como resultado de aquella sentencia, en febrero de 1938, cuatro mujeres –Annie Smith, Kathleen Nagle, Lucy Timleck e Isabel Maclean– se repartieron entre ellas la nada despreciable cifra de 570.000 dólares por haber tenido nueve hijos cada una durante aquella peculiar competición que la prensa bautizó como La carrera de la cigüeña [Stork Derby].

PD: existe una psicopatología jurídica a la que se denomina locura testamentaria.

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