viernes, 30 de junio de 2023

De la «Declaración de Nueva York» al «Pacto Mundial para la Migración»

La humanidad ha estado en movimiento desde los tiempos más antiguos. Algunas personas se desplazan en busca de nuevas oportunidades económicas y nuevos horizontes. Otras lo hacen para escapar de los conflictos armados, la pobreza, la inseguridad alimentaria, la persecución, el terrorismo o las violaciones y abusos de los derechos humanos. Hay otras personas que se desplazan por los efectos adversos del cambio climático o de desastres naturales (algunos de los cuales pueden estar vinculados al cambio climático) u otros factores ambientales. Muchos se trasladan, de hecho, debido a varios de esos motivos (…). En la actualidad, estamos en presencia de una movilidad humana que ha alcanzado un nivel sin precedentes. Más personas que nunca viven un país distinto de aquel donde nacieron. En todos los países del mundo hay migrantes que, en su mayoría, se trasladan de un lugar a otro sin incidentes. (…). Aunque el trato que se les dispensa se rige por marcos jurídicos separados, los refugiados y los migrantes tienen los mismos derechos humanos universales y libertades fundamentales. Afrontan también muchos problemas comunes y tienen vulnerabilidades similares, incluso en el contexto de los grandes desplazamientos (…). Así comienza la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el 19 de septiembre de 2016 (A/RES/71/1) como respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes.

Recordemos, no obstante, que esta no era la primera vez que se celebraba un debate mundial sobre la migración internacional; en la década anterior, el Diálogo de Alto Nivel sobre la Migración Internacional y el Desarrollo celebrados en 2006 y 2013, así como las contribuciones del Foro Mundial sobre Migración y Desarrollo, iniciado en 2007; prepararon el terreno de esta Declaración donde se reconoció que los migrantes y los refugiados afrontan muchos problemas comunes y tienen vulnerabilidades similares.

El documento neoyorquino de 2016 contemplaba una serie de compromisos -desde dar a todas las personas que llegan a nuestros países una acogida rápida, respetuosa, humana y digna, que se centre en las personas y tenga en cuenta las cuestiones de género hasta reconocer que los Estados tienen derechos y responsabilidades en la gestión y el control de sus fronteras; pasando por proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas en tránsito y después de su llegada o hacer frente a los desplazamientos inseguros de refugiados y migrantes, en particular los desplazamientos de refugiados y migrantes de carácter irregular- e incluyó, entre ellos, el inicio de un proceso de negociaciones intergubernamentales que culminará con la aprobación de un pacto mundial para una migración segura, ordenada y regular en una conferencia intergubernamental que ha de celebrarse en 2018.

El resultado de aquel compromiso fue el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular que el órgano plenario de la ONU aprobó por la Resolución A/RES/73/195, de 19 de diciembre de 2018; aunque, en el argot onusiano -que no duda en definirlo como el primer acuerdo de las Naciones Unidas negociado a nivel intergubernamental sobre un enfoque común para gestionar la migración internacional (*)- también se denomina «Pacto de Marrakech sobre la Migración» porque el Gobierno de Marruecos organizó aquella Conferencia Intergubernamental que se encargó de aprobarlo, en esta ciudad imperial, los días 10 y 11 de diciembre de 2018.

A pesar de su trascendencia, su preámbulo afirma que: Este Pacto Mundial presenta un marco de cooperación no vinculante jurídicamente que se basa en los compromisos acordados por los Estados Miembros en la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes. Su propósito es fomentar la cooperación internacional sobre la migración entre todas las instancias pertinentes, reconociendo que ningún Estado puede abordar la migración en solitario, y respetar la soberanía de los Estados y sus obligaciones en virtud del derecho internacional (§ 7).

El Pacto ofrece un panorama completo de la migración internacional y reconoce que es necesario aplicar un enfoque integral para optimizar los beneficios generales de la migración, abordando al mismo tiempo los riesgos y desafíos a que se enfrentan las personas y las comunidades en los países de origen, tránsito y destino. Ningún país puede encarar los retos de este fenómeno mundial y aprovechar sus oportunidades en solitario. Con este enfoque integral pretendemos facilitar la migración segura, ordenada y regular, reduciendo la incidencia de la migración irregular y sus efectos negativos mediante la cooperación internacional y una combinación de medidas expuestas en este Pacto Mundial (§ 11).

Todo ello, basado en unos principios rectores: a) Centrarse en las personas; b) Cooperación internacional; c) Soberanía nacional; d) Estado de derecho y garantías procesales; e) desarrollo sostenible; f) Derechos Humanos; g) Perspectiva de género; h) Enfoque pangubernamental; y j) Enfoque pansocial.

En definitiva, se trata de un marco de cooperación que consta de 23 objetivos e incluye también medidas de aplicación, seguimiento y examen: 1. Recopilar y utilizar datos exactos y desglosados para formular políticas con base empírica. 2. Minimizar los factores adversos y estructurales que obligan a las personas a abandonar su país de origen. 3. Proporcionar información exacta y oportuna en todas las etapas de la migración. 4. Velar por que todos los migrantes tengan pruebas de su identidad jurídica y documentación adecuada. 5. Aumentar la disponibilidad y flexibilidad de las vías de migración regular. 6. Facilitar la contratación equitativa y ética y salvaguardar las condiciones que garantizan el trabajo decente. 7. Abordar y reducir las vulnerabilidades en la migración. 8. Salvar vidas y emprender iniciativas internacionales coordinadas sobre los migrantes desaparecidos. 9. Reforzar la respuesta transnacional al tráfico ilícito de migrante. 10. Prevenir, combatir y erradicar la trata de personas en el contexto de la migración internacional. 11. Gestionar las fronteras de manera integrada, segura y coordinada. 12. Aumentar la certidumbre y previsibilidad de los procedimientos migratorios para la adecuada verificación de antecedentes, evaluación y derivación. 13. Utilizar la detención de migrantes solo como último recurso y buscar otras alternativas. 14. Mejorar la protección, asistencia y cooperación consulares a lo largo de todo el ciclo migratorio. 15. Proporcionar a los migrantes acceso a servicios básicos. 16. Empoderar a los migrantes y las sociedades para lograr la plena inclusión y la cohesión social. 17. Eliminar todas las formas de discriminación y promover un discurso público con base empírica para modificar las percepciones de la migración. 18. Invertir en el desarrollo de aptitudes y facilitar el reconocimiento mutuo de aptitudes, cualificaciones y competencias. 19. Crear las condiciones necesarias para que los migrantes y las diásporas puedan contribuir plenamente al desarrollo sostenible en todos los países. 20. Promover transferencias de remesas más rápidas, seguras y económicas y fomentar la inclusión financiera de los migrantes. 21. Colaborar para facilitar el regreso y la readmisión en condiciones de seguridad y dignidad, así como la reintegración sostenible. 22. Establecer mecanismos para la portabilidad de la seguridad social y las prestaciones adquiridas. Y 23. Fortalecer la cooperación internacional y las alianzas mundiales para la migración segura, ordenada y regular.

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