miércoles, 21 de junio de 2023

El acta de incorporación de Corisco a España (1843)

Hoy en día, el Art. 3 de la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial de 2011, promulgada oficialmente el 16 de febrero de 2012, dispone que: El territorio de la República de Guinea Ecuatorial se compone de la zona continental denominada Río Muni y las islas de Bioko, Annobón, Corisco, Elobey Grande, Elobey Chico, Mbañe, Conga, Leva, Cocotero e islotes adyacentes, las aguas fluviales, la zona marítima, la plataforma continental que determina la Ley y el espacio aéreo que los cubre. En esta entrada del blog nos vamos a referir, específicamente, a las islas de Bioko (llamada Fernando Poo, durante la colonización española; donde se encuentra la capital del país, Malabo) y a Corisco, un pequeño territorio insular situado en el estuario del río Muni que forma parte de la provincia ecuatoguineana de Litoral.

El profesor Iyanga Pendi nos acerca a su contexto histórico: (…) Portugal se posesionó de los territorios africanos que hoy constituyen Guinea Ecuatorial, en virtud de su expansión ultramarina, desde finales del siglo XV hasta finales del siglo XVIII en 1778. El litigio entre los dos países ibéricos, España y Portugal, se produjo en los reinados de Carlos III de España y José I el Reformador de Portugal al que le sucedería María I; un litigio que contó con ataques, querellas, acusaciones, discusiones y tratados, donde se perdieron, ganaron o se recuperaron posesiones coloniales en América y en África. Portugal atacó las unidades navales españolas en Buenos Aires y España ocupó los territorios portugueses en Brasil; conflicto que se resolvió con dos tratados. La adquisición de los territorios africanos del golfo de Guinea por parte de España se produjo por los Tratados Hispano-Lusitanos. Por el Tratado de San Ildefonso en La Granja (Segovia) en [6 de octubre de] 1777, y su ratificación en el Tratado de El Pardo en Madrid el 24 de marzo de 1778, entre el rey Carlos III de España y la reina María I de Portugal, este reino cede al de España la isla de Fernando Póo, la isla de Annobón y los territorios comprendidos entre el río Níger y el cabo López, con una extensión superficial de unos 850.000 kilómetros cuadrados. (…). Con esta presencia en África, en el golfo de Guinea, España dejaba de necesitar de intermediarios, y se incorporaba directamente en el negocio de esclavos negros africanos. Pero la ocupación no se hizo real en todo el territorio adquirido. En las zonas en que la hubo, fue de presencia nominal, variable y discontinua (…) [1].

En ese mismo sentido, el general auditor Cervera Pery no duda en calificar que los derechos devenidos del Tratado de El Pardo (…) no habían sido más que papel mojado [2]; y el investigador Sanchis-Ibor añade que: España envió ese mismo año una expedición capitaneada por el Conde de Argalejos para tomar posesión de las tierras, la cual retornaría diezmada, sin conseguir su propósito, después de numerosas penurias. En 1840, pasados sesenta años de la cesión, todavía no se había hecho efectiva la ocupación, razón por la cual el gobierno español negoció la venta de ambas islas a la corona británica por 60.000 libras esterlinas. El acuerdo fue llevado a las Cortes para ser aprobado, pero tropezó con la oposición de los parlamentarios y la opinión pública, que consideraron la operación como una traición a los intereses patrios [3].

En ese marco, la Gaceta de Madrid -precedente histórico del BOE- de 17 de diciembre de 1843 publicó el Real decreto concediendo una cruz de distinción al jefe, oficiales de guerra y mayores y demás clases de la dotación del bergantín de guerra Nervion que concurrieron á la toma de posesión de las islas de Fernando Poo y Annobon. En su preámbulo, José Filiberto Portillo (1810-1892), político valenciano que fue ministro de Marina, Comercio y Gobernación de Ultramar, justificó la concesión de esta justa recompensa afirmando que: La toma de posesión de las islas españolas de Fernando Poo y Annobon, situadas en el golfo de Guinea, verificada en el mes de Febrero del presente año, ha sido acompañada de incidentes que realzan sobremanera el mérito contraido por el gefe, oficiales é individuos de marina que en el bergantín de guerra Nervion concurrieron á aquella expedición importante. La pericia marítima y la conducta circunspecta y atinada de D. Juan José de Lerena, capitán de navio y gefe de la expedición, asi como el celo y subordinación de sus súbditos, aseguraron los primeros resultados de la empresa, recuperaron aquellas importantes islas para la corona de Castilla (…).

Por alusiones, el marino gaditano Juan José de Lerena y Barry (Cádiz, 1796 – Madrid, 23 de marzo de 1866), Comisionado Regio para las islas de Fernando Poo, Annobón y Corisco en la costa de África, fue el primer gobernador, el primer administrador y el primer colonizador (…) que hace efectiva la ocupación de Fernando Poo y Annobón, que incorpora la primera vez la isla de Corisco y territorios costeros del Muni a la corona de España, y que en nombre de España legisla y dicta las primeras disposiciones normativas de Guinea [2].

En cuanto a la mencionada Corisco, el 15 de marzo de 1843, el capitán de fragata Lerena llegó a sus costas con el Nervión donde surge entonces un acontecimiento singular, y es que los propios habitantes de la isla, impresionados por el buen porte y presencia del marino, le piden libre y espontáneamente su anexión a la corona de España [2]; este buen recibimiento se debió al excelente recuerdo dejado por Moros Morellón y los españoles cuatro años atrás [4], en referencia al geógrafo José de Morós y Morellón [Alcañiz (Teruel), 1813-Valencia, 1848].

Al día siguiente, y a bordo de su buque, el marino gaditano redactó y firmó el acta de incorporación de Corisco a España, (…) por cuanto en la isla de Corisco han estado establecidos los españoles desde muchos años sin que ninguna otra nación les haya disputado su posesión ni derechos, abandonada por ellos en razón de incendio y saqueo efectuado por un buque de guerra inglés sin intervención de su gobierno, en el año 1841. S.A. el Regente del Reino me ha comisionado para toda la plenitud de sus facultades, en nombre de S.M. la Reina Doña Isabel II hiciese sobre posesión lo que fuese más acertado; y habiendo todo el pueblo manifestado su adhesión a la España, proclamando a la reina Isabel por su Soberana, solicitando banderas para arbolarlas en diferentes en diferentes puntos de la Isla, y mostrando el mayor gozo y entusiasmo cuando se accedió a sus deseos.

Manifiesto a todos los comandantes de los buques de guerra de cualquier Nación que a esta Isla de Corisco llegasen: Que por las circunstancias expresadas y en nombre del Regente del Reino el Capitán General DON BALDOMERO ESPARTERO por la Reina Dª Isabel Segunda, la declaro ISLA ESPAÑOLA, parte del integrante de la Monarquía sin que se permita arbolar en ella otro Pabellón, quedando sus habitantes y los extranjeros que en ella comercien, sujetos y obligados a sus leyes vigentes en las colonias españolas o a las que las Cortes Generales del Reino se sirvan promulgar en lo sucesivo [2].

Al día siguiente, el marino gaditano dio carta de nacionalidad solemnemente tanto al rey Bonkoro I como al pueblo de los benga que habitaban aquella isla [2]; designando al monarca Coordinador de jefes nativos de su jurisdicción y Representante en la zona. (…) De este modo, Bonkoro I fue el primero que pactó con España sobre los territorios de la región continental y los derechos de sus moradores [5].

Citas: [1] IYANGA PENDI, A. El Reino de Corisco y la cuestión guineana. Valencia: Nau Llibres, 2022, pp. 11 y 12. [2] CERVERA PERY, J. “Juan José de Lerena, un marino en la historia de Guinea”. En: Revista de historia naval, 2002, nº 79, pp. 63 y 68-69. [3] SANCHÍS IBOR, C. “La obra de José de Morós y Morellón (1841-1847). La geografía como instrumento de articulación del estado liberal”. En: Revista Bibliográfica de Geografía y Ciencias Sociales, 2012, nº 993. [4] PASCUAL DE LA PARTE, F. Las Puertas del Paraíso. Morrisville: Lulu Press, 2008, p. 28. [5] IYANGA PENDI, A. Historia de Guinea Ecuatorial. Valencia: Nau Llibres, 2021, pp. 177 y 178.

PD: si quieres ampliar tus conocimientos sobre Guinea Ecuatorial puedes consultar estas otras entradas:

  • La independencia de Guinea Ecuatorial en el ordenamiento jurídico español (*).
  • Guinea Ecuatorial fue la primera "comunidad autónoma" española (1964-1968) (**).
  • Las constituciones de Guinea Ecuatorial (***).

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