En julio de 2012 la prensa francesa publicó dos noticias que tenían un elemento en común; por un lado, la organización del Tour decidió presentar una querella contra “equis” en la Gendarmería de Toulouse por un incidente ocurrido en Foix durante la 14ª etapa de la vuelta ciclista (al parecer, en la subida al Péguère, alguien había colocado tachuelas de tapicero sobre el asfalto, lo que provocó más de treinta pinchazos en las ruedas de los corredores, poniendo en peligro su integridad); y, por otro lado, la viuda de Yasir Arafat, Suha, también se querelló por la muerte de su esposo, ocurrida en un hospital cercano a París en 2004, al tener indicios de que el líder palestino pudo haber sido envenenado con polonio.
Esto ocurre porque en Francia –como sucede en Bélgica, Alemania, Portugal o Italia– una querella puede presentarse en contra de una persona física identificada o en contra de un desconocido (plainte contre X, anzeige gegen Unbekannt, queixa contra desconhecidos y querela contro ignoti, respectivamente), si no se conoce la identidad del autor. En los ejemplos franceses, tanto la dirección del Tour como Suha Arafat, han recurrido al ejercicio de esta acción penal, poniendo en conocimiento de la Justicia un hecho que pudiera ser constitutivo de delito aunque desconozcan su posible autoría.
En España, sin embargo, al regularse los requisitos para presentar una querella, por medio de procurador, el Art. 277 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que se extenderá en papel de oficio, expresando: (…) 3. El nombre, apellidos y vecindad del querellado (…). Si se ignoran estas circunstancias, la LECr sólo prevé que se deberá hacer la designación del querellado por las señas que mejor pudieran darle a conocer.
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